O Friday 28 November 2008 18:18:24 Camaleón escribiu:
> El 28/11/08, Karl García Gestido escribió:
> > En la ley española el énfasis está y estará en el lucro.
>
> Y esa campaña no dice lo contrario...
>
> "Constituyen una violación de los derechos de propiedad intelectual
> perseguible civilmente y, si además existe ánimo de lucro, pueden ser
> constitutivos de delito"
>
> Perseguible "civilmente" no es "persigue penalmente".
>
> Caray... mejor háblalo con un abogado si tienes dudas :-(
>
Ya he dicho eso y he explicado eso, y podría detallar el porqué. La ley de
propiedad intelectual establece que no se puede usar la obra para aquello que
no esté explicitado en la licencia (de ahí el nombre: "licencia").
Pero eso no es relevante. Hay muchas leyes que son conflictivas, tanto en
ámbitos iguales como mezclando el derecho civil y el penal.
Por ejemplo, si tú ocupas un piso durante 20 o 30 años (me niego a coger un
código civil a estas horas :p -además depende de la ley autonómica de turno)
puedes optar a su propiedad; pero si lo ocupas más de seis meses y te
denuncian en un juzgado, puedes ser reo de un delito penal castigado con seis
meses.
"perseguir civilmente" es una expresión muy bonita que hay que saber qué
significa. Cuando en la sentencia penal se menciona esa posibilidad,
simplemente se hace porque una sala penal no es quien para determinar si puede
ser o no perseguible, pues es competencia de la sala civil. Eso es porque en
los casos penales suelen incluirse los elementos civiles del mismo, por
eficiencia (es de sentido común que es mejor hacer sólo un juicio que dos
paralelos, que además se condicionarían uno a otro); al establecer que no hay
caso penal, el juez no puede evaluar si hay caso civil o no. Si la parte
demandante cree que sí, tiene que ir a la vía civil y ya se verá qué determina
el juez.
En el peor de los casos (y no hay ningún precedente que pueda hacer pensar que
esto va a cambiar a corto plazo), el juez podría ordenarte que dejes de
descargar cosas. En caso exagerado, podría hacer que las borres. ¿Y qué más te
va a hacer un juez civil por descargar material vulnerando una licencia, pero
sin que de dicho acto se derive nada relevante, ni ganas dinero, ni ellos
ganan menos? XD Bien, podrían denunciar a la piratería en general, pero se da
la circunstancia de que la piratería no es una persona ni física ni jurídica,
así que no puede ser enjuiciable. Tú individualmente no haces nada que les
perjudique.
> > Si yo en mi servidor personal (ese que no tengo) pongo un CD en ogg y te
> > proporciono acceso a ti para que lo descargues, es perfectamente legal.
> > Lo siento por las gestoras de derechos y los (no)autores, pero es así.
> > Véase legislación, lec***, no es cuestión de opinión.
>
> "Distribución" no es "copia para uso privado"... mucho cuidado con ésto.
Y dale :p Hay lucro o no lo hay. La semántica en este caso no tiene demasiado
que ver. De hecho, lo que pueden hacer es tratar de demostrar que tú
vulneraste la licencia. Yo juro por Snoopy que los cientos de discos que tengo
en algún momento compré el original, y ¡ay! no sé qué fue del... esto de andar
a mudarse de piso de prisa y corriendo... XD
Oye, que si tienes doce "tostadoras" para grabar los CD de veinte en veinte
(curiosamente cada uno lo copias más de tres veces XD ), un sistema de
escaneado e impresión increíble, etc etc (además la policía lleva grabando a
los manteros del pueblo entrar con las bolsas vacías y salir con ellas llenas
durante semanas)... pues oye.
Los servidores de archivos son un caso curioso y complicado y que escapa a la
(in)competencia de estos desgraciados.
> ***
> En resumen, una obra protegida por derecho de autor no puede ser
> reproducida, traducida, adaptada, exhibida o representada en público,
> ni distribuida, emitida o comunicada al público sin el permiso de su
> autor. Esto es lo que significa la frase todos los derechos
> reservados, que aparece en tantas obras.
> ***
Bien, lo de no alterar sin permiso del autor lo tenemos en la GPL :p
¿Reproducida? umm ¿pueden prohibirte que prestes un disco? ¿si tienes un disco
en casa, tu madre o tu hijo no puede escucharlo?
Generalmente solemos hablar de las licencias de software en los mismos
términos. Veámoslas.
Hace unos cuantos años, podías tener un computador, pero la inmensa mayoría
estaban en el ámbito empresarial. Bien, yo desarrollo un software y tú lo
usas, no por aburrimiento o porque te guste yo, sinó porque te es útil en tu
trabajo. Eso es lo mismo que decir que utilizar mi software forma parte del
proceso productivo. Si tú haces dinero con mi software, es lógico que me
pagues. Hasta aquí pocas dudas. Hay pocos computadores domésticos así que a
nadie le importa demasiado la piratería.
Pero ¿y si lo pones en tu casa? ¿qué daño le provocas al autor del software?
Ninguno.
En el arte es así, no cambia demasiado. Si yo pongo discos en un pub tengo que
pagar un canon. Eso es correcto, porque yo hago dinero a partir del trabajo de
otros. Pero ¿por qué debo pagar también un canon por hacer música en directo?
Si los artistas creen que su gestora debe recibir dinero, que lo paguen ellos,
pero no quien organiza el evento. De forma análoga a las actuaciones de feria,
la típica orquesta que se tira horas haciendo música de otros. También se le
cobra un canon a la organización, cuando lo lógico sería que la orquesta de
turno tuviese una cuota ya para esa cuestión. ¿Y la promoción que esto supone
para ellos mismos?
Si quieren hablar de "sé legal" que no obliguen a los artistas a asociarse,
que no se metan en las actuaciones en directo y sólo con eso ya veríamos en
dónde acababa toda esa ralea.
> Y no, no es cuestión de opinión.
>
> No es "opinable" que el autor de una obra pueda ejercer sus derechos
> sobre ella. Al menos con las leyes actuales.
>
Bueno. Tal vez todo pase porque el autor sepa cuáles son sus derechos. Tanto
en producción de software, escritores, músicos... ¿quiénes son los
perjudicados en primera instancia? los que se les llena la boca diciendo lo
artistas que son, cuando sólo hicieron una cosa un día de su vida y pretenden
vivir de ello a perpetuidad. No creo que la mayor parte de las bandas de jazz
o las (pocas) orquestas sinfónicas que tenemos cobren mucho de esa gente. Así
que que les zurz**!!! XD
> Saludos,
>
> --
> Camaleón
Salud!!
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karl
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