[opensuse-es] [OT] Mejor robar que copiar
Hola, Aprovechando que el canon por copia ya ha sido aprobado en España y para quienes NO quieran pagarlo, os reenvío una FAQ RIGUROSAMENTE CIERTA de otras actividades ilegales con MENOS PENA en España que copiar música y libros. 1. PREGUNTA a) Luis se descarga una canción de Internet. b) Luis decide que prefiere el disco original y va a El Corte Inglés a hurtarlo. Una vez allí, y para no dar dos viajes, opta por llevarse toda una discografía. La suma de lo hurtado no supera los 400 euros. RESPUESTA: La descarga de la canción sería un delito con pena de 6 meses a dos años. El hurto de la discografía en El Corte Inglés ni siquiera sería un delito, sino una simple falta (art. 623.1 del Código Penal). 2. PREGUNTA: a) Luis se descarga una canción de Internet. b) Luis va a hurtar a El Corte Inglés y, como se la va la mano, se lleva cincuenta compactos, por valor global de 1.000 euros. RESPUESTA: Seguiría siendo más grave la descarga de Internet. El hurto sería un delito, porque supera los 400 euros, pero sería de menor pena que la descarga (art. 234 del Código Penal). 3. PREGUNTA: a) Sergio, en el pleno uso de sus facultades mentales, se descarga una canción de Malena Gracia. b) Sergio, en un descuido de Malena Gracia, se lleva su coche y lo devuelve 40 horas después. RESPUESTA: Sería mas grave la descarga. El hurto de uso de vehículo tiene menos pena, a tenor del articulo 244.1 del Código Penal. 4. PREGUNTA: a) Ocho personas se intercambian copias de su música favorita. b) Ocho personas participan en una riña tumultuosa utilizando medios o instrumentos que pueden poner en peligro sus vidas o su integridad física. RESPUESTA: Es menos grave participar en una pelea que participar en el intercambio de compactos. Participar en una riña tumultuosa tiene una pena de tres meses a un año (art. 154 del Código Penal) y el intercambio tendría una pena de 6 meses a 2 años (art. 270 del Código Penal). Si algún día te ves obligado a elegir entre participar en un intercambio de copias de CDs o participar en una pelea masiva, escoge siempre la segunda opción, que es obviamente menos reprobable. 5. PREGUNTA: a) Juan copia la última película de su director favorito de un DVD que le presta su secretaria Susana. b) Juan, aprovechando su superioridad jerárquica en el trabajo, acosa sexualmente a su secretaria Susana. RESPUESTA: El acoso sexual tendría menos pena según el articulo 184.2 del Código Penal. 6. PREGUNTA: a) Pedro y Susana van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de preescolar copias de películas educativas de dibujos animados protegidas por copyright y sin autorización de los autores. b) Pedro y Susana van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de preescolar películas pornográficas protagonizadas y creadas por la pareja. RESPUESTA: La acción menos grave es la de distribuir material pornográfico a menores según el articulo 186 del Código Penal. La distribución de copias de material con copyright sería un delito al existir un lucro consistente en el ahorro conseguido por eludir el pago de los originales cuyas copias han sido objeto de distribución. 7. PREGUNTA: a) Ramón, que es un bromista, le copia a su amigo el último disco de Andy y Lucas, diciéndole que es el 'Kill'em All' de Metallica. b) Ramón, que es un bromista, deja una jeringuilla infectada de SIDA en un parque público. RESPUESTA: La segunda broma sería menos grave, a tenor del articulo 630 del Código Penal 8. PREGUNTA: a) Juan fotocopia una página de un libro. b) Juan le da un par de puñetazos a su amigo por recomendarle ir a ver la película 'Los Ángeles de Charlie'. RESPUESTA: La acción más grave desde un punto de vista penal sería la 'a', puesto que la reproducción, incluso parcial, seria un delito con pena de 6 meses a dos años de prisión y multa de 12 a 24 meses. Los puñetazos, si no precisaron una asistencia médica o quirúrgica, serían tan solo una falta en virtud de lo dispuesto en el artículo 617 en relación con el 147 del Código Penal. .... y, eso lo añado yo, para que el "off topic" lo sea un poco menos, con el Código Penal Español en la mano, juraría que el uso del paquete "win32codec-all" y la "libxine1" modificada tiene aún mayor pena que la simple copia. Tendré que plantearme desinstalarla y, a cambio, atracar un banco. -- Saludos, J.M.Queralt
El 12/01/08, J.M.Queralt escribió:
Aprovechando que el canon por copia ya ha sido aprobado en España y para quienes NO quieran pagarlo, os reenvío una FAQ RIGUROSAMENTE CIERTA de otras actividades ilegales con MENOS PENA en España que copiar música y libros.
Hum... pero todo ésto son "supuestos", no "sentencias" ¿no?. ¿Conoces en España alguna sentencia en firme donde se haya penalizado (y con qué pena) la descarga de una canción (sin tener el disco original) sin que haya habido "ánimo de lucro"? Si no existen factores de presión externos (aka, "factores políticos" o de índole similar) la interpretación que hacen los jueces de las leyes suele dar prioridad al "sentido común" antes que a otras cuestiones. No olvides que los jueces actúan casi siempre como psicólogos antes que como meros ejecutores de leyes. Saludos, -- Camaleón --------------------------------------------------------------------- Para dar de baja la suscripción, mande un mensaje a: opensuse-es+unsubscribe@opensuse.org Para obtener el resto de direcciones-comando, mande un mensaje a: opensuse-es+help@opensuse.org
El 12/01/08, J.M.Queralt escribió:
Aprovechando que el canon por copia ya ha sido aprobado en España y para quienes NO quieran pagarlo, os reenvío una FAQ RIGUROSAMENTE CIERTA de otras actividades ilegales con MENOS PENA en España que copiar música y libros.
Hum... pero todo ésto son "supuestos", no "sentencias" ¿no?.
Es una comparativa. Está más penado, es decir, el Código Penal Español establece una pena mayor a la descarga de música y libros sin pagar los derechos de autor que en los delitos con que se les compara. Por ejemplo el primer supuesto. Tiene una pena mayor descargar el CD del mulo que sustraerlo en una tienda de música. Esto último ni siquiera es delito ya que el CD tiene un valor inferior a los 400 Euros
¿Conoces en España alguna sentencia en firme donde se haya penalizado (y con qué pena) la descarga de una canción (sin tener el disco original) sin que haya habido "ánimo de lucro"?
Todas las que hay hasta ahora y que yo conozca son absolutorias Por otra parte la "gran redada" de hace algo más de un año contra un centenar de Webs que publicaban enlaces ed2k (p.e. sharemule.com) está acabando con el sobreseimiento de las actuaciones, es decir, con la conclusión de que no existe delito en la actuación de estos sitios. http://www.sharemula.com/foros/viewtopic.php?t=22482. De todas maneras sobre el asunto de los Webs, aún quedan más de una veintena de actuaciones judiciales abiertas contra otros sitios.
Si no existen factores de presión externos (aka, "factores políticos" o de índole similar) la interpretación que hacen los jueces de las leyes suele dar prioridad al "sentido común" antes que a otras cuestiones.
Las presiones políticas siempre existen y han existido. El primer paso es la existencia del hecho tipificado como delito, la entrada en el Código Penal de una determinada conducta como delito El segundo paso es la persecución de este hecho por las autoridades. Pueden pasar años entre la "inauguración" de la conducta delictiva, es decir, que se describa en el Código Penal y se le asigne una pena y la persecución de tal conducta. Actualmente existe una circular de la Fiscalía del Tribunal Supremo (son las instrucciones de obligado cumplimiento para todos los representantes del Ministerio Fiscal español, la acusación del estado contra los presuntos delicuentes) en que se aclara que el "ánimo de lucro" (el beneficio económico) que obtiene el particular al descargar un programa, una canción un libro o cualquier material sujeto a copyright tiene que tener una naturaleza comercial. En cervantino, que sea para revender. Por ejemplo comercializar un DVD con programas crakeados bajado de la mula. El criterio actual del Estado para acusar es pues la existencia de un beneficio comercial. No obstante dado que el Código Penal habla solo de "ánimo de lucro" cualquier día a corto o medio plazo, podría salir una nueva circular en que Fiscalía interpretara el ánimo de lucro como beneficio personal, como por ejemplo el dinero ahorrado por la no compra del CD legal, dinero que puede dedicarse pues a cualquier otro uso, produciendo así un beneficio al presunto delicuente.
No olvides que los jueces actúan casi siempre como psicólogos antes que como meros ejecutores de leyes.
Que poco conoces a los jueces. :-) Tú afirmación no es aplicable ni al 5% de los jueces. -- Saludos, J.M.Queralt
El 12/01/08, J.M.Queralt escribió:
Es una comparativa.
Lo suponía :-).
Todas las que hay hasta ahora y que yo conozca son absolutorias
Cuando conozcas una sentencia absolutoria donde se condene a una persona física de tener en su posesión algún archivo o medio con música, películas o vídeos (sin tener el original) y donde no haya ánimo de lucro, avisa, que entonces me preocuparé.
Que poco conoces a los jueces. :-) Tú afirmación no es aplicable ni al 5% de los jueces.
Es sólo mi opinión, pero... Creo que, como te he dicho antes, sin existir ningún tipo de presión externa sobre el caso en particular -caso mediático- o sobre el juez -presiones políticas-, si le pones delante a un chaval de 15 años que no tiene ningún tipo de antecedentes, y se le acusa de tener en su reproductor mp3 4 canciones de cualquier grupo de música sin tener la copia original, no creo que el juez, en este caso, actúe de forma desproporcionada ni sea condenado... ni con toda la ley en la mano que tenga, ni siendo parte de la acusación la propia sgae. No te digo que pase lo mismo si una empresa, cualquier establecimiento comercial, pone en el hilo musical un disco con canciones grabadas de cualquier fuente sin tener copia original de todas las canciones. En este caso, aunque no haya beneficio económico directo, no creo que la empresa se fuera "de rositas". Misma ley para ambos, distinta situación y distinto resultado ¿no crees? ;-) Saludos, -- Camaleón --------------------------------------------------------------------- Para dar de baja la suscripción, mande un mensaje a: opensuse-es+unsubscribe@opensuse.org Para obtener el resto de direcciones-comando, mande un mensaje a: opensuse-es+help@opensuse.org
Todas las que hay hasta ahora y que yo conozca son absolutorias
Cuando conozcas una sentencia absolutoria donde se condene a una persona física de tener en su posesión algún archivo o medio con música, películas o vídeos (sin tener el original) y donde no haya ánimo de lucro, avisa, que entonces me preocuparé.
No te avisaré nunca. Jamás conoceré una sentencia _absolutoria_ que condene. :-)) Siguiendo la Ley de Hugues y Milles se puede afirmar que: (<http://es.wikipedia.org/wiki/Ley_de_Huges_y_Milles>) "Las sentencias absolutorias absuelven y las condenatorias condenan".
No te digo que pase lo mismo si una empresa, cualquier establecimiento comercial, pone en el hilo musical un disco con canciones grabadas de cualquier fuente sin tener copia original de todas las canciones. En este caso, aunque no haya beneficio económico directo, no creo que la empresa se fuera "de rositas".
Misma ley para ambos, distinta situación y distinto resultado ¿no crees? ;-)
No, son leyes diferentes. Lo del Hilo Musical, Reproducciones fonográficas en banquetes de bodas, autocares escolares etc, la SGAE lo reclama por la vía civil (no en procesos criminales) en base a las infracciones a la Ley sobre la Propiedad Intelectual. -- Saludos, J.M.Queralt --------------------------------------------------------------------- Para dar de baja la suscripción, mande un mensaje a: opensuse-es+unsubscribe@opensuse.org Para obtener el resto de direcciones-comando, mande un mensaje a: opensuse-es+help@opensuse.org
-----BEGIN PGP SIGNED MESSAGE----- Hash: SHA1 El 2008-01-12 a las 20:41 +0100, J.M.Queralt escribió:
No, son leyes diferentes.
Lo del Hilo Musical, Reproducciones fonográficas en banquetes de bodas, autocares escolares etc, la SGAE lo reclama por la vía civil (no en procesos criminales) en base a las infracciones a la Ley sobre la Propiedad Intelectual.
Me dijeron que cuando compras un autobus la sgae te cobra 1000€ por anticipado por el uso del autoradio. Y que yo sepa, también les cobra a las emisoras... ¿es así? :-O - -- Saludos Carlos E.R. -----BEGIN PGP SIGNATURE----- Version: GnuPG v2.0.4-svn0 (GNU/Linux) iD8DBQFHiRqctTMYHG2NR9URAkxjAJ4tjX1jiGuSYAGkVVz+UfzQAg9rJwCfRDLG /v5v0kteNxjkbCGFeJMgbSo= =l1q/ -----END PGP SIGNATURE-----
Carlos E. R. escribió:
El 2008-01-12 a las 20:41 +0100, J.M.Queralt escribió:
No, son leyes diferentes.
Lo del Hilo Musical, Reproducciones fonográficas en banquetes de bodas, autocares escolares etc, la SGAE lo reclama por la vía civil (no en procesos criminales) en base a las infracciones a la Ley sobre la Propiedad Intelectual.
Me dijeron que cuando compras un autobus la sgae te cobra 1000¬ por anticipado por el uso del autoradio. Y que yo sepa, también les cobra a las emisoras...
¿es así? :-O
Sí. La culpa la tenemos todos. Empezando por las emisoras. Les tendrían que cobrar a la SGAE por publicidad al poner su música. ¿Quién iba a comprar un disco de David Bisbal si no sonara en los 40? Bastaría, con que por un mesecito, las emisoras se pusieran de acuerdo y les digan, aquí sólo ponemos música que para nosotros sea gratis, y punto. Verás cómo aflojaban. Lo de la música. Yo, ni compro, copio, ni oigo. Fin de la historia para mí, si hubiera muchos así, ya veríamos. En muchas empresas. Los hosteleros, dicen, si quieres música, te buscas una empresa de sonido, y te buscas la música. Es tu responsabilidad. Y se quitan el mochuelo de encima. NO PAGAN Y PUNTO. Cuando tengan que ir a los novios a cobrarles... a ver cómo un juez va a ver allí ánimo de lucro, o consecuencias de lucro cesante. Esto se llama rebeldía civil. En España, mucho ruido y pocas nueces.
-- Saludos Carlos E.R.
-- Saludos. César Enfréntate a los malos; enfréntate a los crueles; enfréntate a todos, menos a los tontos. Son demasiados y siempre serás derrotado. (Proverbio hindú) --------------------------------------------------------------------- Para dar de baja la suscripción, mande un mensaje a: opensuse-es+unsubscribe@opensuse.org Para obtener el resto de direcciones-comando, mande un mensaje a: opensuse-es+help@opensuse.org
Me dijeron que cuando compras un autobus la sgae te cobra 1000€ por anticipado por el uso del autoradio. Y que yo sepa, también les cobra a las emisoras...
¿es así? :-O
A las emisoras de radio y televisión, discotecas y bares musicales es así de "toda la vida". A los bares normales por el uso de la televisión y ojo! por tener puestas las cadenas "normales" a puesto algunos pleitos civiles. No se si los ha ganado o no. En lo de los autobuses no te lo sabría decir. El caso del autobús escolar si que lo tengo leído. Cualquier día le cobrarán a los taxistas por tener puesta la radio también. La filosofiía de la SGAE en todos esos casos delante de los Tribunales es la misma, decir que el taxista, barman o autobusero no está haciendo un uso particular de las emisoras públicas, sino que está ofreciendo un servicio "añadido" a sus clientes. A este respecto hay que recorar que también Digital+ cobra un "plus" a los bares por los partidos de futbol del fin de semana. -- Saludos, J.M.Queralt
-----BEGIN PGP SIGNED MESSAGE----- Hash: SHA1 El 2008-01-13 a las 10:43 +0100, J.M.Queralt escribió:
¿es así? :-O
A las emisoras de radio y televisión, discotecas y bares musicales es así de "toda la vida".
A los bares normales por el uso de la televisión y ojo! por tener puestas las cadenas "normales" a puesto algunos pleitos civiles. No se si los ha ganado o no.
Sí, eso lo sabía.
En lo de los autobuses no te lo sabría decir. El caso del autobús escolar si que lo tengo leído.
Puede que fueran los autobuses escolares, donde los escolares van a su rollo o escuchan su mp3, pero no van a escuchar "la cope" que tiene puesto el conductor.
Cualquier día le cobrarán a los taxistas por tener puesta la radio también.
Na, yo quitaría la radio. Ponemos a un taxista retirao cantando coplas del XIX en la central, y punto. :-P
La filosofiía de la SGAE en todos esos casos delante de los Tribunales es la misma, decir que el taxista, barman o autobusero no está haciendo un uso particular de las emisoras públicas, sino que está ofreciendo un servicio "añadido" a sus clientes.
Ya...
A este respecto hay que recorar que también Digital+ cobra un "plus" a los bares por los partidos de futbol del fin de semana.
Sí, recuerdo la trifulca cuando empezaron. - -- Saludos Carlos E.R. -----BEGIN PGP SIGNATURE----- Version: GnuPG v2.0.4-svn0 (GNU/Linux) iD8DBQFHiez+tTMYHG2NR9URAp/eAJ4iJd0NEaoLHOpKGIk2HgUVlU01/ACfd7yT E5pMWp4LSHR+F8T6cBldEuQ= =4Jsv -----END PGP SIGNATURE-----
Hola :) El Sunday 13 January 2008, Carlos E. R. escribió:
El 2008-01-13 a las 10:43 +0100, J.M.Queralt escribió:
¿es así? :-O
A las emisoras de radio y televisión, discotecas y bares musicales es así de "toda la vida".
A los bares normales por el uso de la televisión y ojo! por tener puestas las cadenas "normales" a puesto algunos pleitos civiles. No se si los ha ganado o no.
Sí, eso lo sabía.
Lo que es triste es que a los bares/discotecas se les cobra por copa servida y no por canción puesta. Además, se les cobra en función del precio de la copa ... lamentable. Me lo contó un colega que tiene una discoteca. Ya le aconsejé que se unieran e hicieran algo al respecto, pero hay mucha dejadez, mucho miedo, ...
En lo de los autobuses no te lo sabría decir. El caso del autobús escolar si que lo tengo leído.
Puede que fueran los autobuses escolares, donde los escolares van a su rollo o escuchan su mp3, pero no van a escuchar "la cope" que tiene puesto el conductor.
x"D
Cualquier día le cobrarán a los taxistas por tener puesta la radio también.
Na, yo quitaría la radio. Ponemos a un taxista retirao cantando coplas del XIX en la central, y punto.
De eso nada, que el taxista "retirao" tiene que pagar derechos por cantar una canción propiedad de las discográficas. Es más, si tienen la radio apagada deberían pagar también porque el silencio ha sido registrado por dos autores diferentes (uno de ellos dice que su silencio es más puro que el del otro). Es que os queréis librar de vuestras obligaciones ... ;)
:-P :
La filosofiía de la SGAE en todos esos casos delante de los Tribunales es la misma, decir que el taxista, barman o autobusero no está haciendo un uso particular de las emisoras públicas, sino que está ofreciendo un servicio "añadido" a sus clientes.
Ya...
Pues vaya servicio añadido ... porque hay de cada uno que te pone unas canciones ...
A este respecto hay que recorar que también Digital+ cobra un "plus" a los bares por los partidos de futbol del fin de semana.
Sí, recuerdo la trifulca cuando empezaron.
Rafa -- "We cannot treat computers as Humans. Computers need love." rgriman@skype.com --------------------------------------------------------------------- Para dar de baja la suscripción, mande un mensaje a: opensuse-es+unsubscribe@opensuse.org Para obtener el resto de direcciones-comando, mande un mensaje a: opensuse-es+help@opensuse.org
-----BEGIN PGP SIGNED MESSAGE----- Hash: SHA1 El 2008-01-14 a las 17:34 +0100, Rafa Grimán escribió:
Lo que es triste es que a los bares/discotecas se les cobra por copa servida y no por canción puesta. Además, se les cobra en función del precio de la copa ... lamentable.
Jupe.
Na, yo quitaría la radio. Ponemos a un taxista retirao cantando coplas del XIX en la central, y punto.
De eso nada, que el taxista "retirao" tiene que pagar derechos por cantar una canción propiedad de las discográficas.
¿Con canciones del XIX? Esas ya han caducado hace siglos. Mientras no uses partituras...
Es más, si tienen la radio apagada deberían pagar también porque el silencio ha sido registrado por dos autores diferentes (uno de ellos dice que su silencio es más puro que el del otro).
No fastidies. Será si tienes la radio encendida transmitiendo silencio. :-P - -- Saludos Carlos E.R. -----BEGIN PGP SIGNATURE----- Version: GnuPG v2.0.4-svn0 (GNU/Linux) iD8DBQFHi78ntTMYHG2NR9URAkNcAJ0X4DWVB4+rBTAuVXEldbLPcYRbiACeIrZh z0/fv8Gia+6GHqyZooAaivo= =6dO+ -----END PGP SIGNATURE-----
El 12/01/08, J.M.Queralt escribió:
No te avisaré nunca. Jamás conoceré una sentencia _absolutoria_ que condene. :-))
X-) Ahí le has "dao"... Jo, es que estaba intentando darle sentido a una traducción que trata de representaciones semánticas y de la teoría de grafos y claro... ya, vale, que no cuela.
Siguiendo la Ley de Hugues y Milles se puede afirmar que: (<http://es.wikipedia.org/wiki/Ley_de_Huges_y_Milles>)
"Las sentencias absolutorias absuelven y las condenatorias condenan".
Pues una sentencia "condenatoria" O:-). Avisa.
No, son leyes diferentes. Lo del Hilo Musical, Reproducciones fonográficas en banquetes de bodas, autocares escolares etc, la SGAE lo reclama por la vía civil (no en procesos criminales) en base a las infracciones a la Ley sobre la Propiedad Intelectual.
En los dos casos se trataría por vía civil, si ponemos a la sgae de por medio. Sea civil (lpi) o penal (más bien se trataría de una "infracción" o "falta") la resolución de ambos casos la contemplo de forma bien distinta, debido a su propia naturaleza, y entiendo que un juez fallaría a favor del chaval pero en contra la empresa. Saludos, -- Camaleón --------------------------------------------------------------------- Para dar de baja la suscripción, mande un mensaje a: opensuse-es+unsubscribe@opensuse.org Para obtener el resto de direcciones-comando, mande un mensaje a: opensuse-es+help@opensuse.org
En los dos casos se trataría por vía civil, si ponemos a la sgae de por medio. Sea civil (lpi) o penal (más bien se trataría de una "infracción" o "falta") la resolución de ambos casos la contemplo de forma bien distinta, debido a su propia naturaleza, y entiendo que un juez fallaría a favor del chaval pero en contra la empresa.
Lo sensato sería llevar todos estos temas por la vía civil. Tratarlos como litigios entre particulares. No criminalizarlos. Si por tener una obra literaria o fonográfica hay que pagar derechos de autor y yo no le hecho, tiene que venir la SGAE, o si yo estoy usando un programa pirata la BSA, y ponerme una demanda civil reclamándome la cantidad de dinero que estime oportuna por los derechos que con la ley en la mano les deba. Y será el Juez quien, con la Ley en la mano, fijará la cantidad que yo debo a la SGAE o a la BSA, si estima que debo algo. Lo que ocurre es que esto es muy caro y, sobretodo, muy lento. Además presenta, al tratarse de un litigio entre particulares, una gran dificultad de probar los hechos. Por eso resulta más facil prohibir y criminalizar la conducta. Típicamente ha sido siempre así. Primero se prohibe, luego se establece un periodo de adaptación del ciudadano a la prohibición y finalmente se aplica la prohibición (el Código Penal) y se te cae el pelo. Eso es lo que se está haciendo ahora con las descargas P2P y estamos en la fase dos. La adaptación a la prohibición. De ahí el canon y la interpretación "benévola" del Código Penal. Si además el Gobierno de turno (y da igual el color) es demasiado "sensible" a los grandes grupos de presión (Multinacionales, Bancos y poder económico en general) luego te salen estas bonitas prohibiciones a todas luces desproporcionadas. Porque vamós, a mi no me parece lógico que sea más grave (mayor pena) bajarte una canción de Internet, aunque sea de Andy y Lucas, que practicar el acoso sexual en tu lugar de trabajo. Eso solo es lógico para quien gestiona los derechos de autor de Andy y Lucas, para nadie más. Y quien los gestiona tiene más capacidad de presión que cualquier asociación de acosados en el lugar de trabajo y demás. O que no sea delito librar un cheque sin fondos o cobrar intereses mayores del 30% del capital prestado y si lo sea bajarse la cancion (aunque sea del Andy y el Lucas). Eso solo es lógico para los grandes grupos financieros que tienen más capacidad de presión que las asociaciones de Hipotecados sin liquidez. :-) Es más facil prohibir y criminalizar porque entonces puedes poner los medios de investigación del Estado al servicio de estos grupos de presión. En un pleito civil tu no puedes pedirle a un ISP que te diga quien tenía una determinada IP un día y una hora determinada. En una investigación criminal si se puede. Legalmente el Juez puede pedirla tanto para identificar a un pederasta, un estafador por Internet, un hacker o un descargador de ficheros protegidos por copyright. Y el ISP tiene la obligación legal de facilitarla. A los ojos de la ley todos son delicuentes. Y ya no me "enrollo" más. Bueno si, solo un último apunte. Por la vía civil, la del pleito entre particulares (personas y/o empresas) solo se puede pedir el cumplimento de cosas. (pagar, hacer algo, no hacerlo etc.) Por la vía del proceso criminal, además de la pena de prisión y/o multa por el delito, también se puede ejercer la acción civil, es decir las del párrafo anterior, siempre y cuando sean consecuencia del delito. -- Saludos, J.M.Queralt
El 13/01/08, J.M.Queralt <jmqueralt@gmail.com> escribió:
En los dos casos se trataría por vía civil, si ponemos a la sgae de por medio. Sea civil (lpi) o penal (más bien se trataría de una "infracción" o "falta") la resolución de ambos casos la contemplo de forma bien distinta, debido a su propia naturaleza, y entiendo que un juez fallaría a favor del chaval pero en contra la empresa.
Lo sensato sería llevar todos estos temas por la vía civil. Tratarlos como litigios entre particulares. No criminalizarlos.
Si por tener una obra literaria o fonográfica hay que pagar derechos de autor y yo no le hecho, tiene que venir la SGAE, o si yo estoy usando un programa pirata la BSA, y ponerme una demanda civil reclamándome la cantidad de dinero que estime oportuna por los derechos que con la ley en la mano les deba. Y será el Juez quien, con la Ley en la mano, fijará la cantidad que yo debo a la SGAE o a la BSA, si estima que debo algo.
Lo que ocurre es que esto es muy caro y, sobretodo, muy lento. Además presenta, al tratarse de un litigio entre particulares, una gran dificultad de probar los hechos.
Por eso resulta más facil prohibir y criminalizar la conducta. Típicamente ha sido siempre así. Primero se prohibe, luego se establece un periodo de adaptación del ciudadano a la prohibición y finalmente se aplica la prohibición (el Código Penal) y se te cae el pelo.
Eso es lo que se está haciendo ahora con las descargas P2P y estamos en la fase dos. >La adaptación a la prohibición. De ahí el canon y la interpretación "benévola" del Código >Penal.
Referido al tema de la descarga P2P, salió un fallo interesante: Un fallo en Europa alivia a los usuarios que bajan música de Internet 12:57 Un tribunal de la Unión Europea rechazó una denuncia de los productores de música de España contra Telefónica y la eximió de identificar a quienes desgraban música de la web. Consideró que dar datos de sus clientes afectaba el derecho a la intimidad. En un fallo que puede significar un importante precedente, la Justicia europea rechazó una demanda presentada por la Asociación de productores y editores de música de España (Promusicae) contra la empresa Telefónica para conocer los datos de los usuarios que se bajan música de la Web, según informaron hoy los medios españoles. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, con sede en Bruselas, concluyó que "el derecho comunitario no obliga a los Estados miembros a divulgar datos personales con objeto de garantizar la protección efectiva de los derechos de autor, en el marco de un procedimiento civil". De esa manera rechazó una denuncia proveniente de la Justicia española. Promusicae le había le pedido a Telefónica los datos de los usuarios de Internet que habían descargado música a través del programa Kazaa, a los que había identificado a través de las denominadas direcciones IP. La información iba a ser utilizada para realizar denuncias civiles contra todos esos usuarios. La empresa respondió que, según la legislación española, sólo estaba autorizada a entregar esos datos en el marco de una investigación penal o por cuestiones de seguridad pública y de la defensa nacional. El fallo concluye que los países de la Comunidad Europea, a la hora de adaptar su legislación en materia de propiedad intelectual y de protección de datos personales, "deben basarse en una interpretación de éstas que garantice un justo equilibrio entre los distintos derechos fundamentales protegidos por el ordenamiento jurídico comunitario". http://www.clarin.com/diario/2008/01/29/um/m-01596108.htm Salu2 --------------------------------------------------------------------- Para dar de baja la suscripción, mande un mensaje a: opensuse-es+unsubscribe@opensuse.org Para obtener el resto de direcciones-comando, mande un mensaje a: opensuse-es+help@opensuse.org
J.M.Queralt escribió:
Todas las que hay hasta ahora y que yo conozca son absolutorias Cuando conozcas una sentencia absolutoria donde se condene a una persona física de tener en su posesión algún archivo o medio con música, películas o vídeos (sin tener el original) y donde no haya ánimo de lucro, avisa, que entonces me preocuparé.
No te avisaré nunca. Jamás conoceré una sentencia _absolutoria_ que condene. :-))
Siguiendo la Ley de Hugues y Milles se puede afirmar que: (<http://es.wikipedia.org/wiki/Ley_de_Huges_y_Milles>)
"Las sentencias absolutorias absuelven y las condenatorias condenan".
No te digo que pase lo mismo si una empresa, cualquier establecimiento comercial, pone en el hilo musical un disco con canciones grabadas de cualquier fuente sin tener copia original de todas las canciones. En este caso, aunque no haya beneficio económico directo, no creo que la empresa se fuera "de rositas".
Misma ley para ambos, distinta situación y distinto resultado ¿no crees? ;-)
No, son leyes diferentes. Lo del Hilo Musical, Reproducciones fonográficas en banquetes de bodas, autocares escolares etc, la SGAE lo reclama por la vía civil (no en procesos criminales) en base a las infracciones a la Ley sobre la Propiedad Intelectual.
Exacto, se le escapa que hay varias responsabilidades jurídicas, no sólo la penal. Supongo que no sabe tampoco, que además muchas de ellas, son incompatibles -un proceso penal lo para casi todo-, y algunas de ellas lo son por caer sobre personas físicas, o jurídicas diferentes los hechos imputables. -- Saludos. César Enfréntate a los malos; enfréntate a los crueles; enfréntate a todos, menos a los tontos. Son demasiados y siempre serás derrotado. (Proverbio hindú) --------------------------------------------------------------------- Para dar de baja la suscripción, mande un mensaje a: opensuse-es+unsubscribe@opensuse.org Para obtener el resto de direcciones-comando, mande un mensaje a: opensuse-es+help@opensuse.org
Exacto, se le escapa que hay varias responsabilidades jurídicas, no sólo la penal. Supongo que no sabe tampoco, que además muchas de ellas, son incompatibles -un proceso penal lo para casi todo-, y algunas de ellas lo son por caer sobre personas físicas, o jurídicas diferentes los hechos imputables.
Al contrario, a efectos probatorios, les es más rentable iniciar un proceso penal que uno de civil. La prueba es mucho más facil de obtener y no está tan "encorsetada" como en un procedimiento civil. Además como en el procedimiento penal también pueden pedirse las responsabilidades civiles ..... mucho más facil, rápido y también barato. -- Saludos, J.M.Queralt
J.M.Queralt escribió:
Exacto, se le escapa que hay varias responsabilidades jurídicas, no sólo la penal. Supongo que no sabe tampoco, que además muchas de ellas, son incompatibles -un proceso penal lo para casi todo-, y algunas de ellas lo son por caer sobre personas físicas, o jurídicas diferentes los hechos imputables.
Al contrario, a efectos probatorios, les es más rentable iniciar un proceso penal que uno de civil.
A nivel económico no, y además los jueces están por meter en la cárcel a los malos de verdad, a los que matan, a los que trafican con drogas, a los que violan, a los que roban... no a los que tienen un mp3. Las cárceles están masificadas, como para empezar a meter en la cárcel a la gente por estas cosas.
La prueba es mucho más facil de obtener y no está tan "encorsetada" como en un procedimiento civil. Además como en el procedimiento penal también pueden pedirse las responsabilidades civiles ...
No, el proceso penal paraliza el proceso civil. De hecho es técnica conocida buscar un proceso penal, para parar el civil... cuando el penal se ha resuelto absolutorio... el civil ya no tiene lugar, porque la empresa ha desaperacido.. etc., etc., etc. .. mucho más facil, rápido y también barato.
-- Saludos. César Enfréntate a los malos; enfréntate a los crueles; enfréntate a todos, menos a los tontos. Son demasiados y siempre serás derrotado. (Proverbio hindú) --------------------------------------------------------------------- Para dar de baja la suscripción, mande un mensaje a: opensuse-es+unsubscribe@opensuse.org Para obtener el resto de direcciones-comando, mande un mensaje a: opensuse-es+help@opensuse.org
La prueba es mucho más facil de obtener y no está tan "encorsetada" como en un procedimiento civil. Además como en el procedimiento penal también pueden pedirse las responsabilidades civiles ...
No, el proceso penal paraliza el proceso civil. De hecho es técnica conocida buscar un proceso penal, para parar el civil... cuando el penal se ha resuelto absolutorio... el civil ya no tiene lugar, porque la empresa ha desaperacido.. etc., etc., etc.
Para paralizar algo, tiene que existir. Si vas directo a la vía penal, mediante una querella o una denuncia no pasas por la vía civil y en consecuencia no hay nada que se paralice. Las responsabilidades civiles las pides en el propio juicio por la vía criminal. La táctica de la "querella catalana" (que así se llamase) se utiliza única y exclusivamente para paralizar un proceso civil ya preexistente. En ocasiones se utiliza también para obtener pruebas que luego aportar al proceso civil paralizado. -- Saludos, J.M.Queralt
J.M.Queralt escribió:
La prueba es mucho más facil de obtener y no está tan "encorsetada" como en un procedimiento civil. Además como en el procedimiento penal también pueden pedirse las responsabilidades civiles ... No, el proceso penal paraliza el proceso civil. De hecho es técnica conocida buscar un proceso penal, para parar el civil... cuando el penal se ha resuelto absolutorio... el civil ya no tiene lugar, porque la empresa ha desaperacido.. etc., etc., etc.
Para paralizar algo, tiene que existir. Si vas directo a la vía penal, mediante una querella o una denuncia no pasas por la vía civil y en consecuencia no hay nada que se paralice.
Bueno, si consideras el que no se puede iniciar la vía civil hasta que concluya el proceso penal no es paralizar el proceso civil... si es así pues tienes razón... si no consideras eso pues no la tienes.
Las responsabilidades civiles las pides en el propio juicio por la vía criminal.
No. Mira, en los procesos penales el sujeto imputable es una persona física, en un proceso civil es una persona física o jurídica... Por eso son incompatibles.
La táctica de la "querella catalana" (que así se llamase) se utiliza única y exclusivamente para paralizar un proceso civil ya preexistente. En ocasiones se utiliza también para obtener pruebas que luego aportar al proceso civil paralizado.
Lo que se utiliza es para hacer desaparecer sujetos imputables... mientras se resuelve el proceso penal se disuelve y liquida la empresa. Y ahora, una vez terminado el proceso penal que puede alargarse unos 7 años, vas y reclamas por la vía civil a una empresa que no existe. Sencillo de entender.
-- Saludos. César Enfréntate a los malos; enfréntate a los crueles; enfréntate a todos, menos a los tontos. Son demasiados y siempre serás derrotado. (Proverbio hindú) --------------------------------------------------------------------- Para dar de baja la suscripción, mande un mensaje a: opensuse-es+unsubscribe@opensuse.org Para obtener el resto de direcciones-comando, mande un mensaje a: opensuse-es+help@opensuse.org
No. Mira, en los procesos penales el sujeto imputable es una persona física, en un proceso civil es una persona física o jurídica... Por eso son incompatibles.
No, no son incompatibles. Es verdad que solo pueden ser objeto del proceso penal las personas físicas, porque solo estas pueden cometer los hechos que se describen en el C.P y será esta persona física quien en primer término responderá civilmente (dentro del proceso penal) por los perjuicios y daños que sean consecuencia del delito. Sin embargo olvidas que en el proceso penal pueden existir también los responsables civiles directos y los subsidiarios. Por ejemplo lo sería un Ayuntamiento en el caso de que un Policía Municipal causara lesiones a alguien con su arma de fuego y ese alguien denunciara al Policía. También lo sería la aseguradora de un automivilista que, con exceso de velocidad matara a un peatón. (por poner otro ejemplo) -- Saludos, J.M.Queralt
Camaleón escribió:
El 12/01/08, J.M.Queralt escribió:
Es una comparativa.
Lo suponía :-).
Todas las que hay hasta ahora y que yo conozca son absolutorias
Cuando conozcas una sentencia absolutoria donde se condene a una persona física de tener en su posesión algún archivo o medio con música, películas o vídeos (sin tener el original) y donde no haya ánimo de lucro, avisa, que entonces me preocuparé.
Que poco conoces a los jueces. :-) Tú afirmación no es aplicable ni al 5% de los jueces.
Es sólo mi opinión, pero...
Claro, era tuya. :) . Ays!!! Tengo algún amigo juez, y fiscal, y abogados. Me llaman para preguntarme sobre temas jurídicos del campo sobre el que trabajo. Cuando les digo, pero bueno no eres juez?, no eres fiscal? Pero en qué mundo vives!!! Me dicen no tengo tiempo. Tengo un amigo, muy buen abogado. Cobra una pasta, porque se lee jurisprudencias, sentencias, leyes, etc... Y a pesar de eso... muchas cosas no las entiende. Todo lo que se sale de un lenguaje jurídico no lo entienden... y me llama a preguntarme... Le digo, vaya tela, y los peritos para qué los queréis? Valen una pasta, me dice... claro y yo soy gratis ¿no? A ver si tienes un detalle!!! :D
Creo que, como te he dicho antes, sin existir ningún tipo de presión externa sobre el caso en particular -caso mediático- o sobre el juez -presiones políticas-, si le pones delante a un chaval de 15 años que no tiene ningún tipo de antecedentes, y se le acusa de tener en su reproductor mp3 4 canciones de cualquier grupo de música sin tener la copia original, no creo que el juez, en este caso, actúe de forma desproporcionada ni sea condenado... ni con toda la ley en la mano que tenga, ni siendo parte de la acusación la propia sgae.
El problema, es que no tienen tiempo. Dictan sentencia absoluturia, y les dicen a los abogados. Acaban de matar y probablemente robar y violar a una mujer y tengo que levantar el cadáver. No me vengas con paridas, la próxima vez te multo por hacerme perder el tiempo -Y PUEDEN HACERLO-.
No te digo que pase lo mismo si una empresa, cualquier establecimiento comercial, pone en el hilo musical un disco con canciones grabadas de cualquier fuente sin tener copia original de todas las canciones. En este caso, aunque no haya beneficio económico directo, no creo que la empresa se fuera "de rositas".
Pero es que se te escapan muchas cosas. No es lo mismo un proceso civil, uno mercantil, que uno penal. En el penal, los jueces, estiman, que suceden muchas cosas graves como para que la gente les haga perder el tiempo con una denuncia particular de un mp3. Lo mismo pasa con el ámbito administrativo. En el civil, y en el mercantil, ahí cabe TODO, y todo va para alante, y se paga cada papel que hagas en el juzgado. En otras palabras, es rentable para todos menos para el que pierde. Clin clin caja. A la SGAE, no le interesa otros procesos que no sean mercantiles y civiles. Ingresan pasta. Los demás, alguno montan con poder mediático para meter miedo a los demás.
Misma ley para ambos, distinta situación y distinto resultado ¿no crees? ;-)
Creo que simplificas mucho, y te cae muy lejos el ámbito jurídico. Por mis amistades queda cerca, y por mi trabajo queda muy cerca, desafortunadamente. En mi anterior puesto de trabajo, una de mis funciones era tapar agujeros legales penales. Asegurar al cliente no tener problemas penales, también administrativos, civiles y de la Seguridad Social. Los civiles son asegurables, los administrativos son de una manera indirecta "asegurables". La responsabilidad con la SS es negociable. El penal NO. Creo que por suerte para ti, tienes poco contacto con la autoridad, jueces, inspectores de trabajo, policía, guardia civil, y con el ámbito jurídico. De ahí tus "opiniones"
Saludos,
-- Saludos. César Enfréntate a los malos; enfréntate a los crueles; enfréntate a todos, menos a los tontos. Son demasiados y siempre serás derrotado. (Proverbio hindú) --------------------------------------------------------------------- Para dar de baja la suscripción, mande un mensaje a: opensuse-es+unsubscribe@opensuse.org Para obtener el resto de direcciones-comando, mande un mensaje a: opensuse-es+help@opensuse.org
J.M.Queralt escribió:
No olvides que los jueces actúan casi siempre como psicólogos antes que como meros ejecutores de leyes.
¿Quién ha escrito esto? Es un buen chiste!!!
Que poco conoces a los jueces. :-) Tú afirmación no es aplicable ni al 5% de los jueces.
Los jueces, en un ordenamiento jurídico como el español, no dan a basto. Razones: a) El ordenamiento jurídico, luego lo comento. b) No dan a basto, por a) y por falta de personal. c) Por b) no tienen tiempo ni para leerse los sumarios que han mal instruido otros jueces. d) El poder que tienen -supremo-, aísla, distancia y aleja de la realidad. e) Su función, les "deshumaniza" irremediablemente, y en parte como medida de auto protección. (Algo parecido a lo que les pasa a los médicos, técnicos de prevención, abogados, profesores, asistentes sociales, policías... Explico a) El sistema jurídico, es excesivamente extenso muy cambiante, pero mucho muchísimo. Los jueces tendrían, al menos, que conocerse las leyes orgánicas al dedillo. Por no tener tiempo, en primer lugar, y por vagancia personal, en segundo lugar, y por no tener responsabilidad a penas, en tercer lugar. Luego, tendrían que leerse las leyes no orgánicas cuando tuvieran que tratar un caso. Los instructores deberían hacerlo, pero no tienen ni tiempo ni ganas. Esperan que el fiscal les enmiende la plana. Los jueces que dictan sentencia, esperan que el fiscal les enmiende la plana. Los fiscales tampoco conocen la legislación orgánica ni tienen tiempo ni ganas. En resumen. O te buscas un buen abogado que se sepa las leyes y se las lea en tu caso... vas de puto culo. No esperes que los abogados de oficio lo hagan, estos tienen muchas ganas, mucha ilusión, pero no tienen tiempo ni para vivir. Es un chiste lo de los jueces psicólogos, en consecuencia. -- Saludos. César Enfréntate a los malos; enfréntate a los crueles; enfréntate a todos, menos a los tontos. Son demasiados y siempre serás derrotado. (Proverbio hindú) --------------------------------------------------------------------- Para dar de baja la suscripción, mande un mensaje a: opensuse-es+unsubscribe@opensuse.org Para obtener el resto de direcciones-comando, mande un mensaje a: opensuse-es+help@opensuse.org
Explico a)
El sistema jurídico, es excesivamente extenso muy cambiante, pero mucho muchísimo. Los jueces tendrían, al menos, que conocerse las leyes orgánicas al dedillo. Por no tener tiempo, en primer lugar, y por vagancia personal, en segundo lugar, y por no tener responsabilidad a penas, en tercer lugar.
Ese es uno de los problemas pero, a mi entender, la explicación es equivocada. Los jueces conocen _casi_ todas las Leyes a la perfección. Una oposición a Juez o Fiscal consta de alrededor de 400 temas muy extensos y complejos. El resultado de ello es que pocos licenciados en Derecho quieren ser Jueces y de los que lo quieren ser aún menos son capaces de aprobar la oposición. La consecuencia es que se nombran pocos jueces. Si por cuestiones técnicas se baja el "listón" de la oposición (porque hay pocos jueces y van sobrecargados) entonces la consecuencia es la explicación que tu das. Se otorga la plaza de Juez a quien no es capaz de ejercerla como debe.
Luego, tendrían que leerse las leyes no orgánicas cuando tuvieran que tratar un caso. Los instructores deberían hacerlo, pero no tienen ni tiempo ni ganas. Esperan que el fiscal les enmiende la plana. Los jueces que dictan sentencia, esperan que el fiscal les enmiende la plana. Los fiscales tampoco conocen la legislación orgánica ni tienen tiempo ni ganas.
Esa apreciación, a mi entender, es rotundamente equivocada e irreal. Ambas profesiones son al 90% puramente vocacionales
En resumen. O te buscas un buen abogado que se sepa las leyes y se las lea en tu caso... vas de puto culo. No esperes que los abogados de oficio lo hagan, estos tienen muchas ganas, mucha ilusión, pero no tienen tiempo ni para vivir.
Ese es otro problema y de los endémicos: Los Abogados. Es evidente que para celebrar tu recién estrenado título de licenciado en medicina no puedes encerrarte en un quirófano y extirpar tantos tumores como años has estado en la facultad. Necesitas una preparación y una práctica específica. Pues bien, resulta que cualquier recien licenciado en Derecho puede celebrar su título defendiendo a cualquiera al día siguiente de salir de la facultad. Para ejercer como Abogado solo se requiere tener el título de licenciado y pagar los derechos de inscripción en el Colegio de Aogados territorialmente competente. Nada más. A este respecto y "a priori" tienes más garantías con un Abogado de Oficio que con uno de particular, ya que a los primeros, dado que no los eliges tú, _SI_ se les requiere, en la mayoría de colegios profesionales, un curso de capacitación (normalmente de tres años) para poder ausmir la defensa de cualquier ciudadano.
Es un chiste lo de los jueces psicólogos, en consecuencia.
Si, porque si tienes razón en el 95% de los casos del apartado d) y e) que, a mi entender son el mismo. El juez se autoprotege de las presiones deshumanizándose (aplicando la ley) y aislándose de la realidad. En todas las profesiones ocurre, como muy bien indicas. Un médico habla de estómagos o piernas, el juez y el fiscal de asuntos, los policías de infractores e investigaciones. En todas las profesiones se olvida a la persona que está detrás de la pierna, el estómago, el asunto o del infractor. En eso consiste la autoprotección. -- Saludos, J.M.Queralt
J.M.Queralt escribió:
Explico a)
El sistema jurídico, es excesivamente extenso muy cambiante, pero mucho muchísimo. Los jueces tendrían, al menos, que conocerse las leyes orgánicas al dedillo. Por no tener tiempo, en primer lugar, y por vagancia personal, en segundo lugar, y por no tener responsabilidad a penas, en tercer lugar.
Ese es uno de los problemas pero, a mi entender, la explicación es equivocada.
Los jueces conocen _casi_ todas las Leyes a la perfección.
Eso es materialmente imposible. La cantidad de legislación que existe no cabría en un juzgado. Con que se supieran las leyes orgánicas sería para conformarse.
Una oposición a Juez o Fiscal consta de alrededor de 400 temas muy extensos y complejos.
La mayoría de los jueces son interinos. Nada de oposición.
El resultado de ello es que pocos licenciados en Derecho quieren ser Jueces y de los que lo quieren ser aún menos son capaces de aprobar la oposición.
No. Todos los licenciados quieren ser Jueces, notarios y registradores de la propiedad. Pasta y poder. Otra cosa es que no sean capaces.
La consecuencia es que se nombran pocos jueces.
Se nombran muchos, pero interinos.
Si por cuestiones técnicas se baja el "listón" de la oposición (porque hay pocos jueces y van sobrecargados) entonces la consecuencia es la explicación que tu das.
No lo creo. En el mundo anglosajón, más bien británnico, los jueces son una escuela y se van haciendo.
Se otorga la plaza de Juez a quien no es capaz de ejercerla como debe.
Luego, tendrían que leerse las leyes no orgánicas cuando tuvieran que tratar un caso. Los instructores deberían hacerlo, pero no tienen ni tiempo ni ganas. Esperan que el fiscal les enmiende la plana. Los jueces que dictan sentencia, esperan que el fiscal les enmiende la plana. Los fiscales tampoco conocen la legislación orgánica ni tienen tiempo ni ganas.
Esa apreciación, a mi entender, es rotundamente equivocada e irreal.
Ambas profesiones son al 90% puramente vocacionales
No, eso sería antes. Ahora el 5 por ciento de cualquier profesión es vocacional, incluido los sanitarios.
En resumen. O te buscas un buen abogado que se sepa las leyes y se las lea en tu caso... vas de puto culo. No esperes que los abogados de oficio lo hagan, estos tienen muchas ganas, mucha ilusión, pero no tienen tiempo ni para vivir.
Ese es otro problema y de los endémicos: Los Abogados.
Es evidente que para celebrar tu recién estrenado título de licenciado en medicina no puedes encerrarte en un quirófano y extirpar tantos tumores como años has estado en la facultad. Necesitas una preparación y una práctica específica.
Pues bien, resulta que cualquier recien licenciado en Derecho puede celebrar su título defendiendo a cualquiera al día siguiente de salir de la facultad.
No, eso no es cierto. Ahora tienen que hacer una pasantía obligatoria, y unos cursos y demás, que tampoco son suficientes, pero no recién salido de la fdacultad.
Para ejercer como Abogado solo se requiere tener el título de licenciado y pagar los derechos de inscripción en el Colegio de Aogados territorialmente competente. Nada más. Ya no.
A este respecto y "a priori" tienes más garantías con un Abogado de Oficio que con uno de particular, ya que a los primeros, dado que no los eliges tú, _SI_ se les requiere, en la mayoría de colegios profesionales, un curso de capacitación (normalmente de tres años) para poder ausmir la defensa de cualquier ciudadano.
Casi todos los abogados han pasado por ahí, porque les pagan y duranta la pasantía no ven un duro.
Es un chiste lo de los jueces psicólogos, en consecuencia.
Si, porque si tienes razón en el 95% de los casos del apartado d) y e) que, a mi entender son el mismo.
El juez se autoprotege de las presiones deshumanizándose (aplicando la ley) y aislándose de la realidad.
En todas las profesiones ocurre, como muy bien indicas. Un médico habla de estómagos o piernas, el juez y el fiscal de asuntos, los policías de infractores e investigaciones. En todas las profesiones se olvida a la persona que está detrás de la pierna, el estómago, el asunto o del infractor. En eso consiste la autoprotección.
Cualquier médico te dice, el primer paciente que vi morir me afectó la vida un mes... te tienes que alejar porque si no no puedes vivir.
-- Saludos. César Enfréntate a los malos; enfréntate a los crueles; enfréntate a todos, menos a los tontos. Son demasiados y siempre serás derrotado. (Proverbio hindú) --------------------------------------------------------------------- Para dar de baja la suscripción, mande un mensaje a: opensuse-es+unsubscribe@opensuse.org Para obtener el resto de direcciones-comando, mande un mensaje a: opensuse-es+help@opensuse.org
-----BEGIN PGP SIGNED MESSAGE----- Hash: SHA1 El 2008-01-13 a las 19:38 +0100, csalinux escribió:
Los jueces conocen _casi_ todas las Leyes a la perfección.
Eso es materialmente imposible. La cantidad de legislación que existe no cabría en un juzgado. Con que se supieran las leyes orgánicas sería para conformarse.
Oye, que los CDs y las bases de datos se inventaron en el siglo pasado :-p - -- Saludos Carlos E.R. -----BEGIN PGP SIGNATURE----- Version: GnuPG v2.0.4-svn0 (GNU/Linux) iD8DBQFHimtXtTMYHG2NR9URAkNUAJwI0gBqXNWJA3dkeo6R0tklB0ipXACfXJv9 5ildP8ANVE7xg5lui1H2eLY= =yTR5 -----END PGP SIGNATURE-----
Carlos E. R. escribió:
El 2008-01-13 a las 19:38 +0100, csalinux escribió:
Los jueces conocen _casi_ todas las Leyes a la perfección.
Eso es materialmente imposible. La cantidad de legislación que existe no cabría en un juzgado. Con que se supieran las leyes orgánicas sería para conformarse.
Oye, que los CDs y las bases de datos se inventaron en el siglo pasado :-p
Bueno, estamos en un mundo de locos. En este mismo instante acabo de ver en Canal Jú, un programa. Un cocinero haciendo cosas sencillas, nada de pijadas, estupendas. (Una dorada, de piscifastoría de Trebujena, que todo hay que decirlo). Acompañada con pimiento de piquillo y una piriñaca, que la ha hecho en 60 segundos -qué manera de picar-... Luego se van a un colegio y los niños no sólo no saben qué es un tomate sino que además comerlo les da muchísimo asco... Con lo bueno que está el tomate con ajito picado, aceite de oliva virgen, unos granos de pimienta negra, y vinagre de jerez!!!! Todos los miércoles me zampo una ración. Qué lástima de siglo XXI.
-- Saludos Carlos E.R.
-- Saludos. César Enfréntate a los malos; enfréntate a los crueles; enfréntate a todos, menos a los tontos. Son demasiados y siempre serás derrotado. (Proverbio hindú) --------------------------------------------------------------------- Para dar de baja la suscripción, mande un mensaje a: opensuse-es+unsubscribe@opensuse.org Para obtener el resto de direcciones-comando, mande un mensaje a: opensuse-es+help@opensuse.org
-----BEGIN PGP SIGNED MESSAGE----- Hash: SHA1 El 2008-01-13 a las 21:04 +0100, csalinux escribió:
Oye, que los CDs y las bases de datos se inventaron en el siglo pasado :-p
Bueno, estamos en un mundo de locos. En este mismo instante acabo de ver en Canal Jú, un programa.
Un cocinero haciendo cosas sencillas, nada de pijadas, estupendas. (Una dorada, de piscifastoría de Trebujena, que todo hay que decirlo). Acompañada con pimiento de piquillo y una piriñaca, que la ha hecho en 60 segundos -qué manera de picar-... Luego se van a un colegio y los niños no sólo no saben qué es un tomate sino que además comerlo les da muchísimo asco... Con lo bueno que está el tomate con ajito picado, aceite de oliva virgen, unos granos de pimienta negra, y vinagre de jerez!!!! Todos los miércoles me zampo una ración. Qué lástima de siglo XXI.
Pos a mí no me gusta el tomate a trozos, ¿pasa algo? :-P Me encanta en zumo, frito, gazpacho... y lo tolero en las hamburguesas, camuflado entre el colesterol. Preguntale a esos crios si no han ido al burrokin alguna vez; encima ahora que tienen platos de ensalada - -- Saludos Carlos E.R. -----BEGIN PGP SIGNATURE----- Version: GnuPG v2.0.4-svn0 (GNU/Linux) iD8DBQFHi7yntTMYHG2NR9URAktRAJ0To1QZ644CBavwmKUcvvon6b9GmACfVs5J 9YPptA43X7XXneP4FE+7zCc= =bvW6 -----END PGP SIGNATURE-----
Carlos E. R. escribió:
Pos a mí no me gusta el tomate a trozos, ¿pasa algo? :-P
Pero sabes lo que es un tomate, ¿no? Y no pasa nada, si sabes lo que es un tomate pero no te gusta, bueno sí, ¡¡¡¡¡¡que no sabes lo que te pierdes!!!!!! :)
Me encanta en zumo, frito, gazpacho... y lo tolero en las hamburguesas, camuflado entre el colesterol. Preguntale a esos crios si no han ido al burrokin alguna vez; encima ahora que tienen platos de ensalada
-- Saludos Carlos E.R.
-- Saludos. César Enfréntate a los malos; enfréntate a los crueles; enfréntate a todos, menos a los tontos. Son demasiados y siempre serás derrotado. (Proverbio hindú) --------------------------------------------------------------------- Para dar de baja la suscripción, mande un mensaje a: opensuse-es+unsubscribe@opensuse.org Para obtener el resto de direcciones-comando, mande un mensaje a: opensuse-es+help@opensuse.org
Hola :) El Sunday 13 January 2008, Carlos E. R. escribió:
El 2008-01-13 a las 19:38 +0100, csalinux escribió:
Los jueces conocen _casi_ todas las Leyes a la perfección.
Eso es materialmente imposible. La cantidad de legislación que existe no cabría en un juzgado. Con que se supieran las leyes orgánicas sería para conformarse.
Oye, que los CDs y las bases de datos se inventaron en el siglo pasado :-p
Es que estás dando por hecho muchas cosas: 1.- que se ha implantado 2.- que se ha implantado bien 3.- que los usuarios sepan que se ha implantado 4.- que se ha formado a los usuarios para usar lo implantado 5.- que los usuarios pongan atención en el curso 6.- que los usuarios aprendan algo en el curso 7.- que los usuarios apliquen lo que han aprendido 8.- que los usuarios muestren interés por algo que no sea: - [a|e]mule/torrent/P2P_cualquiera - la prensa (deportiva) digital - los correos PP[S|T] enviados por los colegas - el último juego de turno - ir a desayunar - ... Rafa -- "We cannot treat computers as Humans. Computers need love." rgriman@skype.com --------------------------------------------------------------------- Para dar de baja la suscripción, mande un mensaje a: opensuse-es+unsubscribe@opensuse.org Para obtener el resto de direcciones-comando, mande un mensaje a: opensuse-es+help@opensuse.org
-----BEGIN PGP SIGNED MESSAGE----- Hash: SHA1 El 2008-01-14 a las 17:41 +0100, Rafa Grimán escribió:
Eso es materialmente imposible. La cantidad de legislación que existe no cabría en un juzgado. Con que se supieran las leyes orgánicas sería para conformarse.
Oye, que los CDs y las bases de datos se inventaron en el siglo pasado :-p
Es que estás dando por hecho muchas cosas: 1.- que se ha implantado 2.- que se ha implantado bien 3.- que los usuarios sepan que se ha implantado 4.- que se ha formado a los usuarios para usar lo implantado 5.- que los usuarios pongan atención en el curso 6.- que los usuarios aprendan algo en el curso 7.- que los usuarios apliquen lo que han aprendido 8.- que los usuarios muestren interés por algo que no sea: - [a|e]mule/torrent/P2P_cualquiera - la prensa (deportiva) digital - los correos PP[S|T] enviados por los colegas - el último juego de turno - ir a desayunar - ...
:-) Me acuerdo de una discusión filosófica, de esas de juventud, que tuve con un amigo. Uno decía que prefería una justicia humana, y el otro que sería mejor si era impartida por robots u ordenadores. Y no diré cual era la mia, porque a estas alturas ya no estoy seguro de quien tenía razón. - -- Saludos Carlos E.R. -----BEGIN PGP SIGNATURE----- Version: GnuPG v2.0.4-svn0 (GNU/Linux) iD8DBQFHi7r/tTMYHG2NR9URAmnuAJ9MqDVy3JS5b7Ev7DbqF49nWpi+WQCdEIJO SC1J1Dgv167dXlJyk9uYKWs= =jmcA -----END PGP SIGNATURE-----
El 14/01/08, Carlos E. R. escribió:
Me acuerdo de una discusión filosófica, de esas de juventud, que tuve con un amigo. Uno decía que prefería una justicia humana, y el otro que sería mejor si era impartida por robots u ordenadores.
En el fondo, todo a lo que aspira un ser humano queda personificado en el concepto que tiene de los robots o "seres / sistemas inteligentes". No son, ni más ni menos, que su ideal de perfección... tangible y papable. De ahí nace el rechazo natural que sienten (los seres humanos) hacia ellos, no tanto por lo que significan sino por lo que representan: algo que nunca van a poder ser.
Y no diré cual era la mia, porque a estas alturas ya no estoy seguro de quien tenía razón.
A día de hoy, yo no tengo ninguna duda. Saludos, -- Camaleón --------------------------------------------------------------------- Para dar de baja la suscripción, mande un mensaje a: opensuse-es+unsubscribe@opensuse.org Para obtener el resto de direcciones-comando, mande un mensaje a: opensuse-es+help@opensuse.org
-----BEGIN PGP SIGNED MESSAGE----- Hash: SHA1 El 2008-01-14 a las 20:54 +0100, Camaleón escribió:
El 14/01/08, Carlos E. R. escribió:
Me acuerdo de una discusión filosófica, de esas de juventud, que tuve con un amigo. Uno decía que prefería una justicia humana, y el otro que sería mejor si era impartida por robots u ordenadores.
En el fondo, todo a lo que aspira un ser humano queda personificado en el concepto que tiene de los robots o "seres / sistemas inteligentes". No son, ni más ni menos, que su ideal de perfección... tangible y papable. De ahí nace el rechazo natural que sienten (los seres humanos) hacia ellos, no tanto por lo que significan sino por lo que representan: algo que nunca van a poder ser.
Bueno, la idea era que una máquina sería más justa que una persona, porque no tendría intereses ni podría sobornarse. Aplicaría las normas y punto. Friamente - y esa frialdad es también su pega.
Y no diré cual era la mia, porque a estas alturas ya no estoy seguro de quien tenía razón.
A día de hoy, yo no tengo ninguna duda.
Si lo planteas con robots asimovianos, yo tampoco. Pero Asimov te diría que no puede ser, en sus mundos eso no pasaba - salvo con Daneel y su cuarta ley. - -- Saludos Carlos E.R. -----BEGIN PGP SIGNATURE----- Version: GnuPG v2.0.4-svn0 (GNU/Linux) iD8DBQFHi8oCtTMYHG2NR9URAjroAJ9Svk1lVSPJW3A8PVdaH6eLG67IiwCgkzV8 oLgNzEA+uwuANZfD5AYrw6c= =qCYT -----END PGP SIGNATURE-----
A día de hoy, yo no tengo ninguna duda.
Si lo planteas con robots asimovianos, yo tampoco. Pero Asimov te diría que no puede ser, en sus mundos eso no pasaba - salvo con Daneel y su cuarta ley.
er, que no habia 4ta, sino que era la regla cero. y yo prefiero una persona y no una maquina. --------------------------------------------------------------------- Para dar de baja la suscripción, mande un mensaje a: opensuse-es+unsubscribe@opensuse.org Para obtener el resto de direcciones-comando, mande un mensaje a: opensuse-es+help@opensuse.org
-----BEGIN PGP SIGNED MESSAGE----- Hash: SHA1 El 2008-01-14 a las 19:45 -0300, Juan Gustavo Fogelman escribió:
A día de hoy, yo no tengo ninguna duda.
Si lo planteas con robots asimovianos, yo tampoco. Pero Asimov te diría que no puede ser, en sus mundos eso no pasaba - salvo con Daneel y su cuarta ley.
er, que no habia 4ta, sino que era la regla cero.
Verdad.
y yo prefiero una persona y no una maquina.
Las personas son demasiado débiles: se corrompen. - -- Saludos Carlos E.R. -----BEGIN PGP SIGNATURE----- Version: GnuPG v2.0.4-svn0 (GNU/Linux) iD8DBQFHi904tTMYHG2NR9URAvE3AKCFmLeqhji+IOGbaNnccsb3uHSfKACcDiuM ayQMSfx5QI7u0vIkmETj+Go= =mPag -----END PGP SIGNATURE-----
y yo prefiero una persona y no una maquina.
Las personas son demasiado débiles: se corrompen.
las maquinas son demasiado eficientes, no tienen compasion --------------------------------------------------------------------- Para dar de baja la suscripción, mande un mensaje a: opensuse-es+unsubscribe@opensuse.org Para obtener el resto de direcciones-comando, mande un mensaje a: opensuse-es+help@opensuse.org
-----BEGIN PGP SIGNED MESSAGE----- Hash: SHA1 El 2008-01-14 a las 20:18 -0300, Juan Gustavo Fogelman escribió:
y yo prefiero una persona y no una maquina.
Las personas son demasiado débiles: se corrompen.
las maquinas son demasiado eficientes, no tienen compasion
Ni falta que hace: aplica la primera ley :-p - -- Saludos Carlos E.R. -----BEGIN PGP SIGNATURE----- Version: GnuPG v2.0.4-svn0 (GNU/Linux) iD8DBQFHi/4PtTMYHG2NR9URAnqOAJ9SZ0rwULuaWrbshefijLXI7NCocwCfeh7e 5je8a2AQrBBqArDgNyIvX7I= =WRWa -----END PGP SIGNATURE-----
y si llevan windows? :-S chistes aparte... si pretendes que una maquina te jusgue, y la justicia es "venganza acotada por un tercero imparcial" y la venganza implica daño... la primera ley impide que un robot te jusgue. aparte esta el hecho de que no necesariamente una maquina debe por fuerza tener las 3 leyes. y dado mi razonamiento, una maquina o robot que te juzgue debe carecer de compasion. aunque puede que mi razonamiento sea erroneo, si es asi me encantaria saber en que me equivoco. ----- Original Message ----- From: "Carlos E. R." <robin.listas@telefonica.net> To: "OS-es" <opensuse-es@opensuse.org> Sent: Monday, January 14, 2008 9:27 PM Subject: [Spam] Re: [Spam] Re: [Spam] Re: [opensuse-es] [OT] Mejor robar que copiar
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El 2008-01-14 a las 20:18 -0300, Juan Gustavo Fogelman escribió:
y yo prefiero una persona y no una maquina.
Las personas son demasiado débiles: se corrompen.
las maquinas son demasiado eficientes, no tienen compasion
Ni falta que hace: aplica la primera ley :-p
- -- Saludos Carlos E.R. -----BEGIN PGP SIGNATURE----- Version: GnuPG v2.0.4-svn0 (GNU/Linux)
iD8DBQFHi/4PtTMYHG2NR9URAnqOAJ9SZ0rwULuaWrbshefijLXI7NCocwCfeh7e 5je8a2AQrBBqArDgNyIvX7I= =WRWa -----END PGP SIGNATURE----- E-mail clasificado por el Idenfificador de Spam Inteligente. Para modificar la categora clasificada acceda a su webmail
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El 14/01/08, Carlos E. R. escribió:
Bueno, la idea era que una máquina sería más justa que una persona, porque no tendría intereses ni podría sobornarse. Aplicaría las normas y punto. Friamente - y esa frialdad es también su pega.
El concepto de "justo" que tiene el ser humano es... humano. Y por tanto, imperfecto, variable y altamente voluble, dependiente y cambiable, limitado a su percepción de "justicia". El sistema inteligente (vamos a llamarlo "robot"), por contra, determina su concepto de "justicia" basándose en variables que un ser humano ni siquiera es capaz de contemplar (ni como hipótesis) debido a sus propias limitaciones. Por tanto, es comprensible que el humano no entienda el alcance del concepto de justicia que determina el sistema inteligente y sencillamente piensa que es... "injusto" o, como dices, "frío" :-).
Si lo planteas con robots asimovianos, yo tampoco. Pero Asimov te diría que no puede ser, en sus mundos eso no pasaba - salvo con Daneel y su cuarta ley.
No olvides que las leyes de la robótica que Asimov ideó pertenecen a la "ciencia ficción" y como lectura puede resultar entretenido ;-). La realidad, entiendo que será muy distinta y los sistemas inteligentes se equipararán a los humanos... ... ¿Un humano puede "ir contra" contra otro humano? Es lógico pues, que un robot también pueda hacerlo. Ese "nivel de dependencia" (el humano sobre la máquina) que se pretende establecer con esas 3 leyes, seguramente, en un futuro, deje de contemplarse. Saludos, -- Camaleón --------------------------------------------------------------------- Para dar de baja la suscripción, mande un mensaje a: opensuse-es+unsubscribe@opensuse.org Para obtener el resto de direcciones-comando, mande un mensaje a: opensuse-es+help@opensuse.org
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