[opensuse-es] Fwd: Inquisición Democrática
Nunca pense que llegaría este día, pero lamentablemente, ha llegado, con el gobierno de la mano de las empresas telefónicas y prestadores de acceso a internet. La unica forma de poder conectarme a facebook es a traves de Tor LEY DE CENSURA DE LA INTERNET El senador kirchnerista por Jujuy Guillermo Jenefes (FPV), pretende una ley para identificar a cada usuario de Internet, con el pretexto del "anonimato" detrás del cual se refugian "delincuentes que dañan el honor de las personas". El único espacio para la libre expresión que a duras penas persiste, es ahora blanco de los perseguidores de siempre. Guillermo R. Jenefes: el senador de la censura. Publicamos a continuación el proyecto de ley junto con sus fundamentos. Este es uno mas de los proyectos que, junto con el de la Ley de Censura de los Medios, y el de la Ley de Censura Historiográfica, pretenden imponer como los pilares futuros para la persecución ideológica a nivel nacional: PROYECTO DE LEY DE CENSURA A INTERNET: Secretaría Parlamentaria Dirección General de Publicaciones (S-0209/09) FUNDAMENTOS Señor Presidente: A nadie escapa la enorme influencia que ha alcanzado la informática en la vida diaria de las personas y organizaciones; y la importancia que tiene su progreso para el desarrollo de un país. Las transacciones comerciales, la comunicación, los procesos industriales, las investigaciones, la seguridad, la sanidad, etc. son todos aspectos que dependen cada día más de un adecuado desarrollo de la tecnología informática. Hoy constituye una realidad incuestionable tanto los beneficios que genera el uso de “Internet”, como el grado virtualmente ilimitado que podría experimentar su crecimiento. De forma unánime se reconoce que dicho medio de comunicación se ha convertido en significativo instrumento para el desarrollo humano. En la actualidad, ese enorme caudal de conocimiento puede obtenerse, además, en segundos o minutos, transmitirse incluso documentalmente y llegar al receptor mediante sistemas sencillos de operar. Sin embargo, junto al avance de la tecnología informática y su influencia en casi todas las áreas de la vida social, ha surgido una serie de comportamientos no deseados. Las discusiones que anteriormente se desarrollaban en forma presencial y personal, hoy en día se desarrollan en las llamadas “comunidades virtuales” que se transcurren en las redes informáticas. Los foros de discusión y sitios de similares transmitidos por Internet han alcanzado un lugar predilecto entre los usuarios de la red. En estos foros, los usuarios tienen la posibilidad de expresar sus opiniones para que otros, indistintamente, las lean, contesten, apoyen o cuestionen. Visto así, este fenómeno constituye un valiosísimo instrumento para promover la expresión de las personas, el intercambio de ideas y el diálogo. Como se digiere precedentemente, el crecimiento de la sociedad de la información, ha generado como efecto no deseado, situaciones conflictivas que, tanto el sector privado como público, deben contribuir a remediar mediante concurrentes esfuerzos. Uno de los problemas más significativos asociado con el plausible crecimiento de estos foros tiene su origen en la dificultad que se observa para contar con datos verificables acerca de la identidad de sus participantes. Es que el contexto de anonimato que anima a ciertos foros es empleado, por muchos usuarios, para afectar, en algunos casos, el honor y buen nombre de las personas y, en otros, para incurrir en conductas tipificadas penalmente. En este sentido, resulta de fácil comprobación como una importante cantidad de personas crean foros o distorsionan el objetivo de un foro ya creado, con el único propósito de afectar la privacidad, intimidad, honor o creencias de las personas o para violar normas penales relativas a la protección de los menores o el consumo y tráfico de estupefacientes. En esto hay que decir que si bien el flujo de informaciones, opiniones, conocimientos constituye, cualquier sea el medio elegido, una esfera protegida por la libertad de expresión, es inherente a dicha libertad el asumir las responsabilidades por la difusión de dichas informaciones, opiniones y conocimientos. Así como es incuestionable el derecho de toda persona a manifestar sus ideas y opiniones, es obvio, también, la necesidad de asumir las responsabilidades ulteriores que impone la difusión de sus ideas y opiniones. De ahí que resulta de la mayor relevancia comprender que la libertad de expresión no es una cuestión en discusión aquí; cualquiera puede y podrá seguir publicando sus más intimas convicciones, ideas y sentimientos. Nada de lo aquí propuesto regula a priori los contenidos o su difusión. Lo que se trata aquí, con apoyo en la más tradicional jurisprudencia, es de asegurar la identidad y responsabilidad de los sujetos que emiten opiniones por Internet de manera que el presunto damnificado pueda defenderse y mantenerse indemne, ante los jueces competentes, de los daños causados por la difusión de opiniones que afectan, por su carácter difamatorio o calumnioso, sus derechos personales. Lo que se quiere, en definitiva, es impedir que el anonimato en Internet constituya un gratuito amparo para los agravios, la injuria, la calumnia, la difamación y la comisión de delitos. Es que, paradójicamente, puede advertirse que recurrir a la libertad de expresión para no castigar la injuria o delincuencia cometida mediante el anonimato termina por generar un escenario, seguramente, indeseado para la protección de la libertad de expresión. Los medios de radiodifusión, las empresas periodísticas, los titulares de bases de datos personales y cualquier persona que exprese su opinión (sea por medio oral o escrito) deben afrontar, conforme a las reglas de responsabilidad resultantes del Código Civil y normas específicas, los daños ocasionados por sus opiniones injuriantes o susceptibles de configurar delito civil. Por el contrario, gozan de impunidad todos aquellos que injurian o delinquen abusando del anonimato de Internet. Esto es, lo que sería punible para cualquier persona no lo es para un anónimo en Internet. Más aún, la presente situación de impunidad termina por afectar el derecho de defensa de los damnificados. La satisfacción de sus derechos termina en una cuestión abstracta, al no tener ellos la capacidad, legal y fáctica, de identificar a los sujetos pasivos de sus eventuales acciones de responsabilidad o cautelares como la brinda, para citar simples ejemplos, (i) la Ley Nro. 25.326 respecto de los titulares de bases de datos; o (ii) la jurisprudencia más extendida respecto de las difamaciones e injurias cometidas por los medios de prensa. A esta altura debe reconocerse que cualquier medida, sea pública o privada, sea técnica o legal, para impedir la proliferación de agravios proferidos y conductas delictuales incurridas mediante el anonimato en Internet podría ser, en la actualidad, de limitada eficacia. Sin embargo, esta limitación no debe impedir la vigencia de un sistema de reglas o mecanismos que asegure que todo daño y todo delito cometido en Internet sea castigado. “Un espacio sin leyes es realmente atractivo para nuestro espíritu de libertad. Pero un espacio sin ley no existe en este mundo real ni en el espacio virtual de la Red. Un espacio sin ley aparente esconde siempre el imperio de las regulaciones del más fuerte”. Por lo tanto, frente al presente vacío legislativo y no habiendo mostrado la industria, hasta el día de la fecha, una política de autorregulación satisfactoria respecto de esta cuestión, es necesario una regulación de aquellos sujetos, que amparándose, en la libertad de expresión, burlan, mediante el anonimato que brinda Internet, tanto garantías constitucionales como reglas existente en materia de responsabilidad. Consistente con esta necesidad, se propone un conjunto de normas animadas en los siguientes presupuestos: a) como objetivo, compatibilizar el derecho a la libertad de expresión con garantías constitucionales de similar rango como son el honor y el derecho de defensa y la plena vigencia de las normas penales; b) como sujetos pasivos, aquellos que, por sus inherentes condiciones, resultan más aptos y más eficientes, considerando el bienestar general, para cumplir con las cargas legales; y c) como instrumentos, aquellas medidas que se entienden menos restrictivas pero suficientes para satisfacer el objetivo. El proyecto establece un conjunto de reglas aplicables a los denominados Internet Service Providers (ISP), que son quienes posibilitan con su accionar, que los contenidos circulen, se alojen y sean accesibles por los usuarios de Internet. Horacio Fernánez Delpech, señala que “Los proveedores de servicio Internet Service Providers (ISP) son quienes posibilitan la conexión entre el usuario y los contenidos incorporados al sitio, y que podemos a su vez clasificarlos en: d) Los proveedores de acceso (Internet Acces Providers IAP), que son quienes brindan a los usuarios el servicio de conexión a Internet y transmiten al usuario los contenidos; e) Los proveedores de alojamiento (Hosting Service Providers) que son quienes almacenan los contenidos de los sitios en sus servidores. Asimismo, parte de la doctrina incluye en el concepto ISP, a los proveedores que ofrecen públicamente programas especiales que se utilizan para la ubicación de contenidos que tengan las particularidades definidas por el usuario, vulgarmente conocidos como buscadores o motores de búsqueda. En el mismo orden de ideas, la Ley 25.690 hace referencia a los Internet Service Providers (ISP), al fijarles la obligación de ofrecer software de protección que impida el acceso a sitios específicos al momento de ofrecer los servicios de Internet. De modo que la referencia a los ISP se encuadra en el actual plexo normativo nacional. Aunque es tan creciente como compleja la controversia por la responsabilidad de los ISP por los contenidos que ellos contribuyen a difundir, cualquier atribución de responsabilidad debe partir del reconocimiento de una circunstancia innegable. Los mismos no crean ni desarrollan contenidos. Ellos resultan meros intermediarios de acceso a contenidos publicados por terceros. Sin embargo, que los ISP no sean responsables de los contenidos, no los exime de ser sujetos pasivos de normas; máxime cuando, por sus propios esfuerzos y recursos, ellos han adquirido un papel decisivo en el acceso a los contenidos por los usuarios. Por imperio de la ley 25.690 los sujetos comprendidos no pueden ignorar, en su propio interés y en el de la comunidad toda, que su contribución puede resultar significativa para asegurar tanto la vigencia de derechos personalísimos como de la lucha contra el delito. A ese respecto, resulta crecientemente aceptado, tanto por la jurisprudencia como la doctrina nacional más encumbrada, que los ISP, por sus propias capacidades técnicas, pueden hacer más de lo que actualmente hacen para (i) impedir la difusión de contenidos ilegales o nocivos; y/o (ii) contribuir a que todo daño injusto sea reparado. En primer lugar, la actitud de indiferencia o silencio de los ISP ante los daños ocasionados a terceros no los debería eximir de responsabilidad, cuando, como aquí, existe un deber inexcusable de actuar resultante de la propia naturaleza y características de sus funciones. Como, reiteradamente, lo han señalado los precedentes judiciales nacionales “Ante la entidad objetiva y fácilmente verificable de la ilicitud del contenido, no puede la empresa responsable del servicio amplificar, con su divulgación, los efectos dañosos en curso. Si bien parece –al menos por ahora- dificultosa la prevención del daño, no lo es la cesación de sus consecuencias.” En segundo lugar, exigir, mediante una específica legislación, una conducta activa en cabeza de los ISP tiene su fuente en nuestras normas comunes sobre responsabilidad. En tal sentido, puede recordarse que, entre otras razones: a) por un lado, las normas comunes sobre responsabilidad extracontractual de nuestro Código Civil bastan para cargar responsabilidad “a quién teniendo conocimiento de que mediante el uso de un instrumento que le pertenece se está causando un perjuicio a un tercero no pone la mayor y mas inmediata diligencia para impedir que tal situación continúe ocurriendo y los perjuicios produciéndose”. Ante un material dañoso y el reclamo de su eliminación por el sujeto damnificado, es innegable la obligación del buscador de actuar con la diligencia que exigen las circunstancias; no hacerlo, contribuye a agravar el daño. b) por otro, hay una violación del deber de control sobre sus propios instrumentos o activos de una relevancia que justifica el reproche legal. Al accionar positivo del titular del sitio que genera la injuria, le sigue un actuar omisivo del buscador que conoce o debe conocer la infracción que se difunde en su propio sistema y no actúa; y, finalmente, c) por el otro, el buscador lucra con una actividad que es susceptible de causar perjuicios a terceros y, en esa calidad, resulta indudable su responsabilidad civil. Que la difamación resulte de un primer vínculo entre el propietario del sitio y el eventual damnificado, no excluye la existencia de un beneficio para el buscador a causa de ese primer vínculo. En este punto, resulta oportuno destacar que sería desmedido imaginar que la legislación de un solo país puede resultar suficiente para combatir esta conflictiva situación. Ante una actividad que tiene un alcance universal, resulta imprescindible, para asegurar la eficacia de cualquier política local, respuestas universales. Sin embargo, debe reconocerse, también, que mientras se aguarda esa coordinación internacional, resulta incuestionable el derecho soberano de cada país de garantizar, dentro de su territorio, tanto el honor, intimidad y otros derechos personales de sus ciudadanos como el cumplimiento de las normas. Ante un material dañoso, reclamada su eliminación por el sujeto damnificado, el proveedor debe actuar y, de ser técnicamente posible, debe acoger esa petición, por estar en mejores condiciones técnicas y fácticas de actuar ante la prevención o reparación del daño injusto. Como también que ante la entidad objetiva y fácilmente verificable de ilicitud del contenido, no puede la empresa responsable del servicio amplificar, con su divulgación, los efectos dañosos en curso. Si bien parece (por ahora) dificultosa la prevención del daño, no lo es la cesación de sus consecuencias (Galdós, Jorge Mario, “Responsabilidad Civil de los proveedores de servicios en Internet” La Ley 2001-D-953). Por último cabe desatacar, que siguiendo la doctrina de la Corte Suprema de Justicia, se consagra la competencia federal en esta materia. En el sentido expuesto, la iniciativa legislativa que propongo en el presente proyecto pretende incorporar la doctrina y jurisprudencia de nuestros tribunales y los internacionales en materia de responsabilidad civil por las comunicaciones que proponen las nuevas tecnologías. Por las razones expuestas, solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente proyecto. El Senado y Cámara de Diputados,... Artículo 1°.-Todo habitante de la República Argentina puede exigir a las empresas de Proveedores de Servicio de Internet (ISP), que se impida o bloquee, en modo absoluto, cualquier tipo de acceso a los contenidos en los que se incluya su nombre o denominación, si ello agraviare a dicha persona. A los efectos de la presente ley, el término ISP significa e incluye: a) Los proveedores de acceso (Internet Acces Providers IAP), que son quienes brindan a los usuarios el servicio de conexión a Internet y transmiten al usuario los contenidos; b) Los proveedores de alojamiento (Hosting Service Providers) que son quienes almacenan los contenidos de los sitios en sus servidores. c) Los proveedores que ofrecen públicamente programas especiales que se utilizan para la ubicación de contenidos que tengan las particularidades definidas por el usuario. Art. 2°.- Cuando existan contenidos con información que se consideren perjudiciales a los derechos personalísimos, el eventual damnificado deberá notificar dicha circunstancia en forma fehaciente al ISP. Recibida la notificación deberá iniciar de inmediato todas las medidas necesarias para impedir el acceso de cualquier usuario a los contenidos cuestionados, siempre que éstos fueren objetiva y ostensiblemente ilegales, nocivos u ofensivos para la persona afectada. Asimismo, se deberá en este supuesto informar a la persona afectada, la identidad y domicilio del autor de los contenidos difundidos a través del ISP. Art. 3°.- Si el ISP no cumpliera con las obligaciones impuestas en artículo 2° será responsable directo de los daños y perjuicios materiales y morales que se ocasionaren a la persona afectada a partir de la fecha de la notificación referida en el artículo 2° de la presente ley. Art. 4º.- Si recibida la notificación por parte de la persona afectada no se procediera a impedir o bloquear, en modo absoluto, cualquier tipo de acceso a los contenidos cuestionados, dicha persona afectada tendrá derecho a recurrir a la justicia para que la misma, sin más trámite, resuelva el bloqueo del acceso a los contenidos difundidos o trasmitidos por el ISP. Art. 5°.- La responsabilidad de los ISP que acrediten que se encuentren constituidos y/o radicados en jurisdicciones distintas a la de la República Argentina se impondrá conforme a las siguientes normas: a) La sucursales, representaciones y sociedades locales controladas, directa o indirectamente, por los ISP extranjeros por personas que controlen ISP extranjeros serán solidariamente responsables por las condenas que se dicten en el territorio de la República Argentina cuando la causa o título de dicha condena fuesen responsabilidades definidas en la presente ley. b) Todos los demás ISP extranjeros deberán someterse a la jurisdicción exclusiva de la República Argentina cuando los contenidos tengan un efecto sustancial directo y previsible en la República Argentina. Art. 6°.- Será competente para entender en esta materia la Justicia Federal. Art. 7°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Guillermo R. Jenefes. http://boletinmjl.com.ar/Boletines/BInquisicion2.html -- USA LINUX OPENSUSE QUE ES SOFTWARE LIBRE, NO NECESITAS PIRATEAR NADA Y NI TE VAS A PREOCUPAR MAS POR LOS VIRUS Y SPYWARES: http://www.opensuse.org/es/ Puedes visitar mi blog en: http://jerbes.blogspot.com.ar/ -- Para dar de baja la suscripción, mande un mensaje a: opensuse-es+unsubscribe@opensuse.org Para obtener el resto de direcciones-comando, mande un mensaje a: opensuse-es+help@opensuse.org
-----BEGIN PGP SIGNED MESSAGE----- Hash: SHA256 On 2015-08-19 01:12, Juan Erbes wrote:
Nunca pense que llegaría este día, pero lamentablemente, ha llegado, con el gobierno de la mano de las empresas telefónicas y prestadores de acceso a internet.
La unica forma de poder conectarme a facebook es a traves de Tor
LEY DE CENSURA DE LA INTERNET
El senador kirchnerista por Jujuy Guillermo Jenefes (FPV), pretende una ley para identificar a cada usuario de Internet, con el pretexto del "anonimato" detrás del cual se refugian "delincuentes que dañan el honor de las personas". El único espacio para la libre expresión que a duras penas persiste, es ahora blanco de los perseguidores de siempre.
Guillermo R. Jenefes: el senador de la censura.
Publicamos a continuación el proyecto de ley junto con sus
Te creo, pero no es menester que copies aquí los treinta kilobytes de esa ley; obviamente no me los voy a leer. Basta que pongas el enlace y el que quiera se lo lea. A mi me basta con tu palabra :-) - -- Cheers / Saludos, Carlos E. R. (from 13.1 x86_64 "Bottle" (Minas Tirith)) -----BEGIN PGP SIGNATURE----- Version: GnuPG v2.0.22 (GNU/Linux) iF0EAREIAAYFAlXTv2QACgkQja8UbcUWM1xhbQD3WE2SHlKAU+93OloBQHioiqN5 zp0+b6k/7sQSiXVcnAD/XF5d9yTBPKMCTfteOWyKZrm5+1UjiBQScTE7yRQkYM4= =e64t -----END PGP SIGNATURE----- -- Para dar de baja la suscripción, mande un mensaje a: opensuse-es+unsubscribe@opensuse.org Para obtener el resto de direcciones-comando, mande un mensaje a: opensuse-es+help@opensuse.org
El día 18 de agosto de 2015, 20:27, Carlos E. R.
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On 2015-08-19 01:12, Juan Erbes wrote:
Nunca pense que llegaría este día, pero lamentablemente, ha llegado, con el gobierno de la mano de las empresas telefónicas y prestadores de acceso a internet.
La unica forma de poder conectarme a facebook es a traves de Tor
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El senador kirchnerista por Jujuy Guillermo Jenefes (FPV), pretende una ley para identificar a cada usuario de Internet, con el pretexto del "anonimato" detrás del cual se refugian "delincuentes que dañan el honor de las personas". El único espacio para la libre expresión que a duras penas persiste, es ahora blanco de los perseguidores de siempre.
Guillermo R. Jenefes: el senador de la censura.
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Te creo, pero no es menester que copies aquí los treinta kilobytes de esa ley; obviamente no me los voy a leer. Basta que pongas el enlace y el que quiera se lo lea. A mi me basta con tu palabra :-)
Sorry! Pegué el texto, porque no si ese texto del link en cuestión está bloqueado o no, ya que lo levanté a traves de Tor. Poco a poco, en Argentina no estamos pareciendo a Cuba, hace unos años atrás. BLOQUEADOS! PERO POR NUESTRO PROPIO GOBIERNO! Esto salió en la EFF: https://www.eff.org/node/87367 -- USA LINUX OPENSUSE QUE ES SOFTWARE LIBRE, NO NECESITAS PIRATEAR NADA Y NI TE VAS A PREOCUPAR MAS POR LOS VIRUS Y SPYWARES: http://www.opensuse.org/es/ Puedes visitar mi blog en: http://jerbes.blogspot.com.ar/ -- Para dar de baja la suscripción, mande un mensaje a: opensuse-es+unsubscribe@opensuse.org Para obtener el resto de direcciones-comando, mande un mensaje a: opensuse-es+help@opensuse.org
El día 18 de agosto de 2015, 20:27, Carlos E. R.
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On 2015-08-19 01:12, Juan Erbes wrote:
Nunca pense que llegaría este día, pero lamentablemente, ha llegado, con el gobierno de la mano de las empresas telefónicas y prestadores de acceso a internet.
La unica forma de poder conectarme a facebook es a traves de Tor
LEY DE CENSURA DE LA INTERNET
El senador kirchnerista por Jujuy Guillermo Jenefes (FPV), pretende una ley para identificar a cada usuario de Internet, con el pretexto del "anonimato" detrás del cual se refugian "delincuentes que dañan el honor de las personas". El único espacio para la libre expresión que a duras penas persiste, es ahora blanco de los perseguidores de siempre.
Guillermo R. Jenefes: el senador de la censura.
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Te creo, pero no es menester que copies aquí los treinta kilobytes de esa ley; obviamente no me los voy a leer. Basta que pongas el enlace y el que quiera se lo lea. A mi me basta con tu palabra :-)
Ahora me entero, que en España fueron adelantados: http://ladobml.blogspot.com.ar/2015/07/la-ley-mordaza-argentina-y-el-camino-... -- USA LINUX OPENSUSE QUE ES SOFTWARE LIBRE, NO NECESITAS PIRATEAR NADA Y NI TE VAS A PREOCUPAR MAS POR LOS VIRUS Y SPYWARES: http://www.opensuse.org/es/ Puedes visitar mi blog en: http://jerbes.blogspot.com.ar/ -- Para dar de baja la suscripción, mande un mensaje a: opensuse-es+unsubscribe@opensuse.org Para obtener el resto de direcciones-comando, mande un mensaje a: opensuse-es+help@opensuse.org
-----BEGIN PGP SIGNED MESSAGE----- Hash: SHA256 On 2015-08-19 01:33, Juan Erbes wrote:
Sorry!
Pegué el texto, porque no si ese texto del link en cuestión está bloqueado o no, ya que lo levanté a traves de Tor.
Si, se accede sin problemas. Es una web normal.
Esto salió en la EFF: https://www.eff.org/node/87367
No me extraña. On 2015-08-19 01:49, Juan Erbes wrote:
Ahora me entero, que en España fueron adelantados:
http://ladobml.blogspot.com.ar/2015/07/la-ley-mordaza-argentina-y-el-camino-... Esta web, por cierto, carga un montón de cosas de terceros, de esos que les encanta seguir tus movimientos. Da igual que la leas a través de TOR. No lo he leido entero, porque la ley mordaza me da asco. - -- Cheers / Saludos, Carlos E. R. (from 13.1 x86_64 "Bottle" (Minas Tirith)) -----BEGIN PGP SIGNATURE----- Version: GnuPG v2.0.22 (GNU/Linux) iF4EAREIAAYFAlXT0dwACgkQja8UbcUWM1y88wD+N8Udpox4rsfGjmFG0ZnxQDdj HbGSuBqzZOXBOFoxl7cBAJCvU46Pb2Xhp+dkfz74nsyLeaLuauN2xW+5z/UwLtrS =bkC4 -----END PGP SIGNATURE----- -- Para dar de baja la suscripción, mande un mensaje a: opensuse-es+unsubscribe@opensuse.org Para obtener el resto de direcciones-comando, mande un mensaje a: opensuse-es+help@opensuse.org
El 18 de agosto de 2015, 21:46, Carlos E. R.
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On 2015-08-19 01:33, Juan Erbes wrote:
Sorry!
Pegué el texto, porque no si ese texto del link en cuestión está bloqueado o no, ya que lo levanté a traves de Tor.
Si, se accede sin problemas. Es una web normal.
Esto salió en la EFF: https://www.eff.org/node/87367
No me extraña.
On 2015-08-19 01:49, Juan Erbes wrote:
Ahora me entero, que en España fueron adelantados:
http://ladobml.blogspot.com.ar/2015/07/la-ley-mordaza-argentina-y-el-camino-...
Esta web, por cierto, carga un montón de cosas de terceros, de esos que les encanta seguir tus movimientos. Da igual que la leas a través de TOR.
No lo he leido entero, porque la ley mordaza me da asco.
Y como estan las cosas por allá con esto de "la ley mordaza"? Salu2 -- USA LINUX OPENSUSE QUE ES SOFTWARE LIBRE, NO NECESITAS PIRATEAR NADA Y NI TE VAS A PREOCUPAR MAS POR LOS VIRUS Y SPYWARES: http://www.opensuse.org/es/ Puedes visitar mi blog en: http://jerbes.blogspot.com.ar/ -- Para dar de baja la suscripción, mande un mensaje a: opensuse-es+unsubscribe@opensuse.org Para obtener el resto de direcciones-comando, mande un mensaje a: opensuse-es+help@opensuse.org
-----BEGIN PGP SIGNED MESSAGE----- Hash: SHA256 On 2015-08-19 02:55, Juan Erbes wrote:
El 18 de agosto de 2015, 21:46, Carlos E. R. <> escribió:
No lo he leido entero, porque la ley mordaza me da asco.
Y como estan las cosas por allá con esto de "la ley mordaza"?
Pues no estoy al tanto de los detalles :-( Pero tengo esperanza de que antes de final de año, en las próximas elecciones, pierda el PP y tengamos alguien más decente que derribe las últimas leyes imbéciles que nos han puesto. - -- Cheers / Saludos, Carlos E. R. (from 13.1 x86_64 "Bottle" (Minas Tirith)) -----BEGIN PGP SIGNATURE----- Version: GnuPG v2.0.22 (GNU/Linux) iF4EAREIAAYFAlXT2EEACgkQja8UbcUWM1whqQEAnCWCeTRl1oEhj+fADPiSFL+6 ZYy5jbTD5MB6aAYObdgA+QHZfyOnd0COcQSPiTm74ncHxtt3URbvZLAeljAszECU =P7Qg -----END PGP SIGNATURE----- -- Para dar de baja la suscripción, mande un mensaje a: opensuse-es+unsubscribe@opensuse.org Para obtener el resto de direcciones-comando, mande un mensaje a: opensuse-es+help@opensuse.org
Hola. O Mércores, 19 de Agosto de 2015 03:13:37 Carlos E. R. escribiu:
On 2015-08-19 02:55, Juan Erbes wrote:
El 18 de agosto de 2015, 21:46, Carlos E. R. <> escribió:
No lo he leido entero, porque la ley mordaza me da asco.
Y como estan las cosas por allá con esto de "la ley mordaza"?
Pues no estoy al tanto de los detalles :-(
Pero tengo esperanza de que antes de final de año, en las próximas elecciones, pierda el PP y tengamos alguien más decente que derribe las últimas leyes imbéciles que nos han puesto.
Yo conozco los detalles lo suficiente para tener un pequeño brote de pánico. Porque no son muchos los que no entienden que la Ley Mordaza no va mucho más allá que la Corcuera en su redacción original antes de ser tumbada en algunos aspectos por el Constitucional. En teoría, la mayoría de la nueva podría ser tumbada igual, pero no sé si no será mucho esperar del tribunalcito, vistas algunas sentencias "curiosas". Es decir, la esperanza es que gane quien gane, quite eso y ponga algo normal. Lo malo es que sabemos quienes no lo harían :/
-- Cheers / Saludos,
Carlos E. R.
(from 13.1 x86_64 "Bottle" (Minas Tirith))
-- -karl -- Para dar de baja la suscripción, mande un mensaje a: opensuse-es+unsubscribe@opensuse.org Para obtener el resto de direcciones-comando, mande un mensaje a: opensuse-es+help@opensuse.org
-----BEGIN PGP SIGNED MESSAGE----- Hash: SHA256 On 2015-08-19 10:24, Carlos García Gestido wrote:
Yo conozco los detalles lo suficiente para tener un pequeño brote de pánico. Porque no son muchos los que no entienden que la Ley Mordaza no va mucho más allá que la Corcuera en su redacción original antes de ser tumbada en algunos aspectos por el Constitucional. En teoría, la mayoría de la nueva podría ser tumbada igual, pero no sé si no será mucho esperar del tribunalcito, vistas algunas sentencias "curiosas".
Si...
Es decir, la esperanza es que gane quien gane, quite eso y ponga algo normal. Lo malo es que sabemos quienes no lo harían :/
Ya, pues se trata de votar a otros, a pesar de lo que digan las cabezas parlantes de la tele ;-) Y que luego no ocurra otro tamayazo. - -- Cheers / Saludos, Carlos E. R. (from 13.1 x86_64 "Bottle" (Minas Tirith)) -----BEGIN PGP SIGNATURE----- Version: GnuPG v2.0.22 (GNU/Linux) iF4EAREIAAYFAlXUYbwACgkQja8UbcUWM1wFcgD/UveHlKhHAvfAvC0CIzHY5nlu s5uCHt99HLh0WmbGgcsBAI+t1ILwPRVYw758zqmL/7IFQn8ncwIDg41yQpfYZUhN =CR9j -----END PGP SIGNATURE----- -- Para dar de baja la suscripción, mande un mensaje a: opensuse-es+unsubscribe@opensuse.org Para obtener el resto de direcciones-comando, mande un mensaje a: opensuse-es+help@opensuse.org
(...)
Es decir, la esperanza es que gane quien gane, quite eso y ponga algo normal. Lo malo es que sabemos quienes no lo harían :/
Ya, pues se trata de votar a otros, a pesar de lo que digan las cabezas parlantes de la tele ;-)
Y que luego no ocurra otro tamayazo. Siempre hay la duda ¿no? XD Bueno, confío en que esta vez no, lo malo es ganarles. Estamos ahí, pero aún no llega. Unos meses largos, suerte que no
Hola. pueden ser más de 4 xd Salud!!! -- -karl -- Para dar de baja la suscripción, mande un mensaje a: opensuse-es+unsubscribe@opensuse.org Para obtener el resto de direcciones-comando, mande un mensaje a: opensuse-es+help@opensuse.org
-----BEGIN PGP SIGNED MESSAGE----- Hash: SHA256 On 2015-08-20 11:18, Carlos García Gestido wrote:
Hola.
Y que luego no ocurra otro tamayazo. Siempre hay la duda ¿no? XD Bueno, confío en que esta vez no, lo malo es ganarles. Estamos ahí, pero aún no llega. Unos meses largos, suerte que no pueden ser más de 4 xd
Ya salió en la tele un concejal en Galicia que se fugó. Lo malo no solo es echarlos, sino mantenerse. Hay una estructura de poder gigantesca para ello. - -- Cheers / Saludos, Carlos E. R. (from 13.1 x86_64 "Bottle" (Minas Tirith)) -----BEGIN PGP SIGNATURE----- Version: GnuPG v2.0.22 (GNU/Linux) iF4EAREIAAYFAlXVu5QACgkQja8UbcUWM1zraAD/VxYMc7PYrhHM2lQXcLIeewIU iJLhnM+gTKAouPLjKGcBAJIbTQdjkQthhW2lYF8IWsyfivZF43XgYahwatJ7iTYS =Mu72 -----END PGP SIGNATURE----- -- Para dar de baja la suscripción, mande un mensaje a: opensuse-es+unsubscribe@opensuse.org Para obtener el resto de direcciones-comando, mande un mensaje a: opensuse-es+help@opensuse.org
Hola.
(...) Ya salió en la tele un concejal en Galicia que se fugó.
¿Cuál? ¿Cuándo? ¿y de qué? o de quienes xddd Primera noticia, ¿cuándo fue eso?
Lo malo no solo es echarlos, sino mantenerse. Hay una estructura de poder gigantesca para ello.
El dinero (la otra forma del poder) suele ser bastante confortable con los cambios de personas. Incluso puedes sablearlos a impuestos mientras la rentabilidad les siga siendo similar. Pero por supuesto hay más problemas, uno de ellos competencial. Es decir, el grueso del desastre se reparte en muchas esquinas. Un ejemplo brutal lo tuvimos aquí en Galicia, en Lugo, cuando el PP perdió la diputación de allí. De repente, aparecen policías que "levantan" multas de tráfico por orden del alcalde... guardia civiles que hacen la vista gorda con los clubs de alterne, bueno, que incluso le pagan el alquiler, donde ¡vaya! resulta que había desaparecido alguien y aparece cadáver... Pero resulta que eso es el aperitivo. Aparecen "irregularidades" por toda Galicia que afectan al PSOE tanto como al PP. Por ejemplo, la alcaldía constituida en Santiago en las anteriores elecciones tuvo que dimitir en bloque al cabo de uno o dos años porque estaban todos imputados por corruptelas varias... y los que los sustituyen acaban imputados igualmente XD _of course_, Ourense no podía ser menos y la primera alcaldía de ese año también tuvo que salir por patas... de sus sustitutos, tres lograron no ser imputados, coincidencia que eran "díscolos" (¿disconformes con el reparto? xdd). Y así tropecientos casos que surgieron simplemente levantando un poquito la alfombra de la diputación de Lugo xdd Naturalmente, en otras ciudades son distintos casos los que afectan a unos u otros concejales, pero casi cualquier población tiene su imputado, y todo a raíz de un sólo caso. Otras cosas van a requerir más malabares: es del todo punto imposible ganar con margen suficiente para cambiar muchas cosas "al gusto". Yo asumo, por ejemplo, que los órganos judiciales y otros aspectos de la división de poderes requerirían Ley Orgánica, lo que veo bastante difícil a día de hoy. Aun así, margen para equipararse a países europeos como Francia o Bélgica hay, y en muchos casos simplemente se trata de llevar a cabo una política más o menos decidida.
-- Cheers / Saludos,
Carlos E. R.
(from 13.1 x86_64 "Bottle" (Minas Tirith)) Salud!! -- -karl -- Para dar de baja la suscripción, mande un mensaje a: opensuse-es+unsubscribe@opensuse.org Para obtener el resto de direcciones-comando, mande un mensaje a: opensuse-es+help@opensuse.org
-----BEGIN PGP SIGNED MESSAGE----- Hash: SHA256 On 2015-08-20 14:09, Carlos García Gestido wrote:
Hola.
(...) Ya salió en la tele un concejal en Galicia que se fugó.
¿Cuál? ¿Cuándo? ¿y de qué? o de quienes xddd Primera noticia, ¿cuándo fue eso?
Menos de una semana. Creo que era del PSOE, se fué al grupo mixto, hubo moción de censura, y votó al nuevo alcalde del PP.
bloque al cabo de uno o dos años porque estaban todos imputados por corruptelas varias...
Si, lo oí. jo.
requerirían Ley Orgánica, lo que veo bastante difícil a día de hoy. Aun así, margen para equipararse a países europeos como Francia o Bélgica hay, y en muchos casos simplemente se trata de llevar a cabo una política más o menos decidida.
Tengo mis dudas. Creo que hay un fuerte impulso para que Europa se equipare economica y legal y estructuralmente a los USA, y reducir todo lo posible la estructura social y del estado del bienestar. Destruir la clase media, y tener una sociedad muy empobrecida y controlada. Fíjate lo que ha pasado con Grecia... Pero en fin. Nada de eso es Linux. - -- Cheers / Saludos, Carlos E. R. (from 13.1 x86_64 "Bottle" (Minas Tirith)) -----BEGIN PGP SIGNATURE----- Version: GnuPG v2.0.22 (GNU/Linux) iF4EAREIAAYFAlXV0SgACgkQja8UbcUWM1zjjwEAhAM+uQIuhFhiWDH+lkbtfEks HXhs2WstVYlGDDpJRjYA/1YRVUg/wfAd14pGw3/pCcWxmuIy19awcuhKFvw+05Ov =L2gM -----END PGP SIGNATURE----- -- Para dar de baja la suscripción, mande un mensaje a: opensuse-es+unsubscribe@opensuse.org Para obtener el resto de direcciones-comando, mande un mensaje a: opensuse-es+help@opensuse.org
El día 20 de agosto de 2015, 9:09, Carlos García Gestido
Hola.
(...) Ya salió en la tele un concejal en Galicia que se fugó.
¿Cuál? ¿Cuándo? ¿y de qué? o de quienes xddd Primera noticia, ¿cuándo fue eso?
Lo malo no solo es echarlos, sino mantenerse. Hay una estructura de poder gigantesca para ello.
El dinero (la otra forma del poder) suele ser bastante confortable con los cambios de personas. Incluso puedes sablearlos a impuestos mientras la rentabilidad les siga siendo similar. Pero por supuesto hay más problemas, uno de ellos competencial. Es decir, el grueso del desastre se reparte en muchas esquinas. Un ejemplo brutal lo tuvimos aquí en Galicia, en Lugo, cuando el PP perdió la diputación de allí. De repente, aparecen policías que "levantan" multas de tráfico por orden del alcalde... guardia civiles que hacen la vista gorda con los clubs de alterne, bueno, que incluso le pagan el alquiler, donde ¡vaya! resulta que había desaparecido alguien y aparece cadáver...
Pero resulta que eso es el aperitivo. Aparecen "irregularidades" por toda Galicia que afectan al PSOE tanto como al PP. Por ejemplo, la alcaldía constituida en Santiago en las anteriores elecciones tuvo que dimitir en bloque al cabo de uno o dos años porque estaban todos imputados por corruptelas varias... y los que los sustituyen acaban imputados igualmente XD _of course_, Ourense no podía ser menos y la primera alcaldía de ese año también tuvo que salir por patas... de sus sustitutos, tres lograron no ser imputados, coincidencia que eran "díscolos" (¿disconformes con el reparto? xdd). Y así tropecientos casos que surgieron simplemente levantando un poquito la alfombra de la diputación de Lugo xdd Naturalmente, en otras ciudades son distintos casos los que afectan a unos u otros concejales, pero casi cualquier población tiene su imputado, y todo a raíz de un sólo caso.
Otras cosas van a requerir más malabares: es del todo punto imposible ganar con margen suficiente para cambiar muchas cosas "al gusto". Yo asumo, por ejemplo, que los órganos judiciales y otros aspectos de la división de poderes requerirían Ley Orgánica, lo que veo bastante difícil a día de hoy. Aun así, margen para equipararse a países europeos como Francia o Bélgica hay, y en muchos casos simplemente se trata de llevar a cabo una política más o menos decidida.
Por lo visto, "en todas partes de cuecen habas"! Un intendente mafioso de conurbano bonaerense, que en el año 2001 llegó a declarar publicamente "si nuestro partido quiere, el presidente De la Rua cae en 48 horas" (lo cual lograron gracias a ese y otros intendentes mafiosos del mismo partido, que organizaban los saqueos a supermercados y otros desmanes publicos). En las ultimas elecciones como perdió, comenzó a tomar represalias contra la gente de su distrito, entre otras cosas, eliminando la provisión de insumos y medicamentos en los hospitales publicos, dejó de darle los vales de combustible para la policía de si distrito, etc. -- Para dar de baja la suscripción, mande un mensaje a: opensuse-es+unsubscribe@opensuse.org Para obtener el resto de direcciones-comando, mande un mensaje a: opensuse-es+help@opensuse.org
O Xoves, 20 de Agosto de 2015 15:07:52 Carlos E. R. escribiu:
(...)
Pero en fin. Nada de eso es Linux.
Bueno, o sí, dicen algunos que muchos en la administración griega están descubriendo las bondades del software libre xdd
-- Cheers / Saludos,
Carlos E. R.
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