----- Original Message ----- From: "JOSANable" <jameler@able.es> To: <suse-linux-s@suse.com> Sent: Wednesday, March 31, 2004 11:32 AM Subject: Re: RV: [suse-linux-s] Control del Correo Entrante y Saliente
El Miércoles, 31 de Marzo de 2004 14:14, Ventura Valderrábano Ornedo escribió:
Siento llevarte la contraria, pero una vez que se expone en el tablón de anuncios, es de obligado cumplimiento por parte del personal.
Saludos. Ventura
Aunque fuera así, cuestión con la que no estoy de acuerdo, sólo puede controlarse el correo con autorización judicial, no el empresario por su cuenta (y riesgo). El empresario no tiene ninguna capacidad normativa en cuento a derechos fundamentales (faltaría plus!). El correo es correo, sea tradicional o electrónico. Por los motivos que aduce usted, una empresa podría prohibir que sus empleados recibieran llamadas telefónicas externas, e incluso visitas. [..........] Lo que le interesa a la empresa es que los objetivos empresariales y compromisos ante sus clientes queden cumplidos a la entera satisfacción del cliente, y no describir a cada empleado el modo de cómo tiene que pulsar su teclado, mover el ratón, coger el bolígrafo, o como tiene que sacársela para mear.
[...........]
My nick is JOSANable, but my name is José Antonio Meler Garanto ---
Absolutamente "desvirtuado" el thread. No solo ha sido desvirtuado, sino que fundamentas tus razones en aspectos que no son el tema. Nunca se pretendiò aqui discutir sobre la privacidad telefònica ni de los derechos de cada trabajador. Ademàs, se està haciendo omisiòn de algo fundamental, la constituciòn y la legislaciòn española NO es la constituciòn ni la legislaciòn universal, y la lista SI tiene caracter internacional, de modo que las respuestas "deberìan" basarse en esa realidad. Si el tema va a seguir, en realidad a mi me interesa, pedirìa respetuosamente que lo volvièramos a su cauce normal, para que realmente sea una discusion constructiva y no se transforme en un debate de las opiniones de cada cual. Saludos Luis Roa P.