-----BEGIN PGP SIGNED MESSAGE----- Hash: SHA1 El 2009-03-26 a las 15:33 +0100, Karl García Gestido escribió: ...
Bien, en el Estatuto de Autonomía de Galicia, se atribuye las competencias en toponimia (como es lógico) y se establece que "en todos los casos se usará la forma gallega". Esto se aprobó en el parlamento español, así que se incorporó al derecho español.
Pero, la autonomía de Galicia carece de jurisdicción fuera de Galicia, por lo que fuera de allí podemos decir Orense. Y, puesto que la RAE dice distingue entre el uso oficial y el uso no oficial, y yo no soy funcionario ni político, me atengo a la definición de la RAE, que es quien tiene "autoridad" en el tema de como se habla el castellano. Asimismo, los alemanes deciden como se llaman sus ciudades, sus pueblos, etc, lógicamente. Pero los españoles tenemos también autoridad para renombrar esos lugares y darles nombre castellano. Es nuestro derecho. Siempre lo hemos hecho. Igual con los gallegos, catalanes, valencianos... tenemos derecho a cambiarlos, por mucho que digan las cortes respectivas de las respectivas autonomías. A mi no me mandan, no soy súbdito de ellos. Eso sí, si mando una carta, pondré lo que el señor que viva allí me diga en sus señas - con una excepción, el nombre del país, que debe estar en la lengua del país de salida de la carta, no del de destino. Y al revés en el remite. - -- Saludos Carlos E.R. -----BEGIN PGP SIGNATURE----- Version: GnuPG v2.0.9 (GNU/Linux) iEYEARECAAYFAknL6MsACgkQtTMYHG2NR9WWuwCff43L+4CuXD834c7TxPWwrCfH Jk0AnjhsncMKIspDcO7KBNx17gsy2Y/R =JxJ2 -----END PGP SIGNATURE-----