(...) La copia privada es un tema aparte.
Sólo se aplica para la persona física que tiene la obra original...
Preguntas más frecuentes sobre la propiedad intelectual <http://www.mcu.es/propiedadInt/CE/PropiedadIntelectual/PreguntasFrecuentes /CopiaPrivada.html>
NO ES NECESARIO TENER EL ORIGINAL PARA GOZAR DE LA COPIA PRIVADA.
Yo creo que sí:
*** ¿La copia privada es un derecho de los usuarios de obras y prestaciones protegidas?
No es un derecho, es un límite al derecho de reproducción que ostentan los titulares de los derechos de propiedad intelectual de las obras y prestaciones protegidas.
Este límite permite que determinadas obras divulgadas a la cual haya tenido acceso legal una persona física pueda ser reproducida por esta, siempre que la copia que obtenga no sea utilizada de forma colectiva, ni lucrativa. ***
Nótese: "permite que determinadas obras divulgadas a la cual haya tenido acceso legal una persona física pueda ser reproducida por esta"
Es decir, ni por otros usuarios ni sin tener el original.
Si es que nos tienen bien "agarrados" :-)
Saludos,
-- Camaleón Uy, los dos mil CDs originales que debería tener no los encuentro. Debí de perderlos al hacer la mudanza... ¡y es que soy de un descuidado!! XD
Salud!! -- ------------- karl -- Para dar de baja la suscripción, mande un mensaje a: opensuse-es+unsubscribe@opensuse.org Para obtener el resto de direcciones-comando, mande un mensaje a: opensuse-es+help@opensuse.org