9 May
2006
9 May
'06
15:01
jejeje... mirad la mia :-P
Uhmm... dos 'peros' 1. Es ambiguo. 'Reciba' vale tanto para que 'yo reciba' como para que 'usted reciba'. 2. En caso de esas cláusulas en los correos que dicen todo lo contrario, que el propietario del correo es la persona que lo emite... qué clausula prima? La tuya o la del otro? Por dar el co**zo, más que nada :P -- Saludos, miguel