13 Feb
2009
13 Feb
'09
08:11
El 2009-02-13 a las 09:00 +0100, francisco f escribió:
Precisamente por eso en el primer correo puse 'por lo menos en España'. Ya que tenemos esa cosa llamada LOPD que cuando necesitan pasta atacan a todo lo que se mueve.
En España, sí, la empresa tiene que comunicarlo. Se debe especificar en el mismo contrato. Pero no existe "ilegalidad" en el hecho de registrar la actividad de los recursos que la empresa pone a disposición de los trabajadores. Es una actividad que está contemplada y amparada por la ley. Saludos, -- Camaleón -- Para dar de baja la suscripción, mande un mensaje a: opensuse-es+unsubscribe@opensuse.org Para obtener el resto de direcciones-comando, mande un mensaje a: opensuse-es+help@opensuse.org