El Saturday 20 September 2008 17:39:17 lluis escribió:
El sáb, 20-09-2008 a las 16:58 +0200, Camaleón escribió:
Como pruebas aporta, además de su testimonio, el número de matrícula del vehículo, una foto sacada con la PDA que lleva de manera habitual como parte de su trabajo y copia de la denuncia efectuada ese mismo día.
Saber el numero de matricula no tiene ninguna importancia, ese coche aparca frecuentemente en esa calle, la foto si esta adecuadamente hecha ya seria mas problematico y la denuncia es tan valida como la que pueda hacer yo.
No, tú podrías llamar a un policía local para que éste diese fe de que es así, etc. etc.
Ademas segun las leyes de este pais, si no me las han cambiado existe la presunción de inocencia, por lo tanto es el que acusa, el que pretende poner la multa, el que debe demostrar la culpabilidad.
Según las leyes de este país, eso es así en el derecho penal, no así en el administrativo, civil, mercantil o laboral. En el caso que nos ocupa, primero te multan, si no pagas te embargan por Hacienda, y si quieres acabar la vía administrativa e ir al penal es cuestión tuya... pero de pagar la multa en primera instancia no te libra nadie (siempre que el procedimiento esté bien ejecutado. Por ejemplo, aquí, para aumentar las disponibilidad presupuestaria en tiempos de crisis, es que no hay forma de ponerles un puñ*t*ro recurso XD XD)
La palabra de un empleado de una empresa privada o semi municipal tiene tanto valor como la de cualquier otra persona.
No. De hecho, hay muchos empleados públicos que, en el ejercicio de sus atribuciones, su palabra vale mucho: llámalos fedatarios públicos, como los notarios (contratos civiles y similares), inspectores (cada uno de su rama: laboral, Hacienda...) o Secretarios Judiciales (para asuntos del juzgado, naturalmente). Nunca discutas con uno: si no tiene razón, más te vale denunciarlo por prevaricación y demostrarlo.
Otra cosa es que los ayuntamientos en un claro abuso de poder te lo pongan bastante dificil.
Véase lo dicho antes. Tenemos leyes mejores y peores, y la mayor parte de la gente no se ha leído la inmensa mayoría de las mismas (o ninguna XD)
Pero si alguien tiene tiempo y dinero para andar de juicios y recursos, la mayoria de multas de ORA o de zona azul, como se llaman aqui, se pueden invalidar.
Recurrir y que te estimen el recurso no es invalidar, en ese sentido.
Ni siquiera hacen falta testigos, es la palabra del que acusa contra la del dueño del vehiculo. Lo dicho más arriba..
Dicho sea de paso, lo que sí es cierto es que la capacidad de los de la Ora para multar es muy limitada si no están acompañados de un policía local... Habría que buscar las leyes pertinentes, sentencias de casos similares... Hay ayuntamientos que de alguna forma los asimilan a la policía local, pero es de dudosa eficacia... :P XD XD -- ------------- karl --------------------------------------------------------------------- Para dar de baja la suscripción, mande un mensaje a: opensuse-es+unsubscribe@opensuse.org Para obtener el resto de direcciones-comando, mande un mensaje a: opensuse-es+help@opensuse.org